Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 174

Fecha del Boletín 
24-07-2019

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190724-21

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CUBAS DE LA SAGRA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

21
Cubas de la Sagra. Organización y funcionamiento. Nombramiento tenientes de alcalde

El Pleno municipal en sesión celebrada el día 1 de julio de 2019, acordó por mayoría absoluta de los miembros presentes, la adopción del siguiente acuerdo:

Vista la celebración de las elecciones municipales el día 26 de mayo de 2019, y habiéndose procedido el día 15 de junio de 2019 a la constitución de la nueva Corporación Local. En virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 21.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 46.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, resuelvo:

Primero.—Designar como tenientes de alcalde del Ayuntamiento de Cubas de la Sagra a los siguientes concejales:

— Doña Milagros García Joven, como primer teniente de alcalde.

— Don Rubén Armendáriz Utrilla, como segundo teniente de alcalde.

— Don Antonio Martínez Barrigüete, como tercer teniente de alcalde.

A los tenientes de alcalde nombrados, previa aceptación de su cargo, les corresponde en cuanto a tales, sustituir al alcalde en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a este para el ejercicio de sus atribuciones.

Segundo.—Notificar personalmente la presente resolución a los designados, que se considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa en contrario; y remitir la resolución de nombramiento al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su publicación en el mismo, igualmente publicar la resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la resolución por el alcalde.

Tercero.—Dar cuenta de la presente resolución en la primera sesión ordinaria que celebre el Pleno, así como comunicarlo, en extracto, a las Administraciones Estatal y Autonómica, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 56 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

En Cubas de la Sagra, a 9 de julio de 2019.—El alcalde, Antonio Naranjo Martín.

(03/25.477/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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