Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 172

Fecha del Boletín 
22-07-2019

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190722-67

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE LA CALZADA

OFERTAS DE EMPLEO

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Torrejón de la Calzada. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

Anuncio de aprobación de las bases que han de regir el proceso de selección de un agente de Policía Local, para su nombramiento en Comisión de Servicios en puesto de agente de Policía local, vacante en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Torrejón de la Calzada.

Por Junta de Gobierno Local, celebrada el 17 de julio, se ha acordado por unanimidad: Autorizar la provisión temporal del puesto de agente de Policía Local, mediante comisión de servicios, en vista de la urgencia e inaplazable necesidad y aprobar las bases que se detallan a continuación:

A la vista de los siguientes antecedentes:

Examinada la propuesta del Servicio en relación con el informe de Secretaría y de conformidad con el Decreto de Alcaldía número 2019/1265, de 20 de junio de 2019, se acuerda por unanimidad:

Primero.—Autorizar la provisión temporal del puesto de agente de Policía Local, mediante comisión de servicios, en vista de la urgencia e inaplazable necesidad.

Segundo.—Aprobar las bases que se detallan a continuación:

BASES QUE HAN DE REGIR EL PROCESO DE SELECCIÓN DE UN AGENTE DE POLICÍA LOCAL, PARA SU NOMBRAMIENTO EN COMISIÓN DE SERVICIOS EN PUESTO DE AGENTE DE POLICÍA LOCAL, VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE LA CALZADA

I. Objeto

Provisión con carácter de urgencia en Comisión de Servicios voluntaria de un puesto de funcionario Policía Local del Ayuntamiento de Torrejón de la Calzada.

II. Requisitos

Para tomar parte en el proceso selectivo será necesario cumplir con los requisitos siguientes, todos ellos referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

— Estar en situación de servicio activo, ostentando la condición de funcionario de carrera integrado en la Subescala de Servicios Especiales, Policía Local, subgrupo C1; C2 (a extinguir), con categoría de agente de Policía Local.

— No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de las funciones propias del servicio operativo.

— Restar más de dos años para el cumplimiento de la edad establecida para el pase a segunda actividad.

— Carecer de antecedentes disciplinarios por faltas graves o muy graves.

III. Forma de presentación de las solicitudes

Forma y presentación:

La instancia solicitando la comisión de servicios se dirigirán al alcalde-presidente, del Ayuntamiento de Torrejón de la Calzada, haciendo constar en ellas que se reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, referidos siempre a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento (de lunes a viernes: de 8:00 h a 15:00 h) en el plazo de cinco días, contados a partir del siguiente a la aprobación de las presentes bases, publicándose en la página web del Ayuntamiento de Torrejón de la Calzada : http://aytotorrejoncalzada.sedelectronica.es

La presentación de instancias también podrá efectuarse a través de los procedimientos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los interesados indicarán el número de teléfono y correo electrónico, al objeto de facilitar el llamamiento, en su caso.

IV. Documentación a presentar

Junto a la instancia de participación, debidamente cumplimentada y firmada, se acompañará la documentación a la que seguidamente se hace mención:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, en vigor, sin prejuicio de la obligación posterior de presentar documento original.

b) Declaración jurada de no tener ningún expediente disciplinario de su carrera profesional, en las Administraciones en las que haya prestado servicio.

c) Autorización de la Administración de origen para el posible nombramiento en comisión de servicios.

d) Fotocopia de documentos acreditativos de los méritos para su valoración.

Solo serán tenidos en cuenta los méritos acreditativos documentalmente conforme a la siguiente descripción:

— Méritos referidos a experiencia: mediante certificaciones expedidas por la Administración de origen, donde conste claramente la situación de servicio activo, la categoría profesional y la duración de la prestación de servicios.

— Méritos referidos a la formación: mediante fotocopia de los títulos, diplomas o certificación de superación de cursos o estudios emitida por la entidad correspondiente.

Todo ello, sin perjuicio de la posterior obligación de presentar los documentos originales al momento de la toma de posesión.

V. Baremo de méritos

Se valorarán los méritos acreditados en atención al siguiente baremo:

— Experiencia: por haber prestado servicios con la categoría de Policía Local en cualquier Administración Local, a razón de 0,20 puntos por año completo de servicio hasta un máximo de 1 punto.

— Cursos de perfeccionamiento: cursos, jornadas o seminarios directamente relacionados con las funciones de Policía Local. Se considerarán relacionados con las funciones del puesto de trabajo, además de los cursos específicos de carácter policial, aquellos otros cursos relacionados con la igualdad de género, a razón de 0,10 puntos por hora hasta un máximo de 3 puntos.

Únicamente se valorarán los cursos impartidos por Administraciones Públicas o empresas privadas en colaboración directa con entidades públicas o Instituciones privadas de las siguientes: universidades, sindicatos y colegios profesionales.

— Idiomas: nivel B2 o superior, a razón de 0,10 por idioma hasta un máximo de 0,30 puntos.

— Titulaciones académicas: se puntuará hasta un máximo de 2 puntos, siendo excluyentes cada uno de los niveles avanzados, entre los siguientes:

• Título de Bachiller, ciclo formativo de grado superior o equivalente: 0,10 puntos.

• Título de Ingeniero Técnico, Diplomado universitario, Arquitecto Técnico: 0,50 puntos por cada titulación.

• Título de Grado o Licenciado: 1 punto por titulación.

• Título de Doctor: 1,50 puntos.

VI. Entrevista personal

En caso de dudas sobre el currículum o empate en la puntuación obtenida, los aspirantes serán convocados a una entrevista personal, mediante el acta con los resultados publicada en la página web del Ayuntamiento.

Los candidatos deberán acudir provistos del DNI, pasaporte o permiso de conducción.

VII. Comisión de valoración

La Comisión de Valoración estará constituida por un número impar de entre diversos funcionarios de carrera, compuesta por:

— Presidente: don José Vidal Luna. Jefe de Policía Local de Torrejón de la Calzada.

— Vocal: don Víctor Sánchez Martínez. Funcionario habilitado de carácter nacional en el Ayuntamiento de Torrejón de la Calzada.

— Vocal: doña Beatriz Sánchez González. Funcionaria de carrera en el Ayuntamiento de Torrejón de la Calzada.

— Secretario de la Corporación o funcionario en quien delegue, con voz pero sin voto.

VIII. Propuesta de adjudicación

La Comisión de Valoración elevará propuesta al alcalde-presidente con la relación de los candidatos y la puntuación obtenida, adjudicando la comisión de servicios a los dos primeros candidatos que obtengan la mayor puntuación, relación que se hará pública en sede electrónica.

IX. Toma de posesión

Quienes dentro del plazo indicado en la propuesta de adjudicación, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados funcionarios en comisión de servicio, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la instancia o documentación. En este caso se adjudicará la comisión de servicios al siguiente de la relación conforme al orden de puntuación.

X. Duración

Las citadas comisiones de servicio tendrán una duración máxima de un año prorrogable por otro en caso de no haberse cubierto el puesto con carácter definitivo, conforme a lo previsto en el artículo 64.3 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Tercero.—Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia, en la sede electrónica de este Ayuntamiento http://aytotorrejoncalzada.sedelectronica.es y, en su caso, en el tablón de anuncios, para mayor difusión, el puesto vacante, con indicación de los requisitos para su desempeño, características del puesto e indicación de criterios de valoración y plazo de presentación de solicitudes.

Torrejón de la Calzada, a 18 de julio de 2019.—La alcaldesa, Azahara Molina Martín.

(03/26.126/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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