Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 168

Fecha del Boletín 
17-07-2019

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190717-99

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 7

99
Leganés número 7. Procedimiento 89 de 2017, notificación a Aforcod, S. L.

EDICTO

Doña Míriam García Matas, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia numero 7 de Leganés.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 89 de 2017, instados por la procuradora doña María Cristina Benito Cabezuelo, en nombre y representación de Oxford University Press España, S. A., contra Aforcod, S. L., en reclamación de 3.867,59 euros, en los que ha dictado, en fecha 21 de febrero de 2019, sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que, estimando íntegramente las pretensiones contenidas en la demanda que motivó la incoación de los autos civiles de juicio verbal número 89 de 2017, seguidos ante este Juzgado a instancia de Oxford University Press España, S. A., cuya representación es ostentada por el procurador don Florencio Aráez Martínez, y su asistencia jurídica es dirigida por la abogada doña Virginia Rodríguez Bardal, contra Aforcod, S. L., declarada en rebeldía procesal, condeno a la parte demandada a abonar a la actora como principal la suma de 3.867,59 euros, más los intereses moratorios correspondientes desde el vencimiento de cada factura, y asimismo, condeno en costas de la primera instancia a la parte demandada.

Notifíquese a las partes en legal forma la presente resolución, haciendo saber que la misma es susceptible de ser recurrida en apelación a conocer por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, a presentar en este Juzgado, dentro de los veinte días siguientes a la constancia de su conocimiento, debiendo acreditar al presentar el escrito haber ingresado en la cuenta de consignaciones de este Juzgado (2686 de Banesto), y en la cuenta expediente correspondiente al procedimiento, la suma de 50 euros (especificando en el campo “Concepto” del documento de ingreso, que se trata de un recurso, seguido del código 02), sin cuyo requisito no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985).

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Aforcod, S. L., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, entregándose al procurador de la parte actora para su diligenciado.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Leganés, a 16 de mayo de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/24.109/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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