Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 168

Fecha del Boletín 
17-07-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190717-92

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 84

92
Madrid número 84. Procedimiento 858 de 2017, notificación a Tania Fernández Batista

EDICTO

D./Dña. ANA ISABEL GARCIA GARCIA, Letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 84.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de Procedimiento Ordinario n° 858/2017 instados por Procurador Dª Mª DEL MAR SERRANO MORENO en nombre y representación de EL MENOR MIGUEL IGNACIO LIPPO ARAUJO REPRES. POR SUS PADRES M.A. LIPPO Y G. ARAUJO contra Dª GEMA TESORERO CARCERO, SANITAS SA DE SEGUROS, HOSPITAL SANITAS LA MORALEJA y Dª TANIA FERNANDEZ BATISTA, en los que se ha dictado en fecha 23/05/2019 sentencia cuyo fallo es la siguiente:

“FALLO

ESTIMO en parte la demanda presentada por la procuradora Sra. Serrano Moreno, en nombre y representación de D. MIGUEL IGNACIO LIPPO ARAUJO, contra DÑA. TANIA FERNÁNDEZ BATISTA, SANITAS, S.A. DE SEGUROS Y SANITAS HOSPITALES, S.A., y en consecuencia, CONDENO a DÑA. TANIA FERNÁNDEZ BATISTA, SANITAS, S.A. DE SEGUROS y SANITAS HOSPITALES, S.A., de forma conjunta y solidaria, a abonar a D. MIGUEL IGNACIO LIPPO ARAUJO la cantidad de 1.400 euros, cantidad que devengará el interés legal del dinero incrementado en dos puntos desde la fecha de la Sentencia. Todo ello sin que proceda expresa condena en costas.

DESESTIMO la demanda presentada por la procuradora Sra. Serrano Moreno, en nombre y representación de D. MIGUEL IGNACIO LIPPO ARAUJO, contra DÑA. GEMA TESORERO CARCERO, y en consecuencia, absuelvo a la misma de los pedimentos efectuados en su contra. Todo ello con expresa codena en costas a la parte actora.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de APELACIÓN en el plazo de VEINTE DIAS, ante este Juzgado, para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la L.E.Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2980-0000-04-0858-17 de este Órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de la Instancia n° 84 de Madrid, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos 2980-0000-04-0858-17.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo, Ilma. Sra. Dña. María del Carmen Fernández Luis, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia núm. 84 de Madrid.

La Magistrada”

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada DÑA. TANIA FERNANDEZ BATISTA y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de la interesada en la Secretaría de este tribunal.

SE SIGNIFICA QUE LA PARTE ENCARGADA DE LA PRESENTACIÓN DE ESTE EDICTO TIENE RECONOCIDO EL BENEFICIO DE JUSTICIA GRATUITA CON EL ALCANCE DEL ART. 6 DE LA LEY DE JUSTICIA GRATUITA, POR RESOLUCIÓN DE FECHA 29/06/2017, CUYA COPIA SE ADJUNTA AL PRESENTE.

En Madrid, a 05 de junio de 2019.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/23.780/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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