Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 168

Fecha del Boletín 
17-07-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190717-91

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 68

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Madrid número 68. Procedimiento 669 de 2018, notificación a Viviendas Toledo, S. A.

EDICTO

Doña Cristina Gutiérrez del Álamo Oms, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 68.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 669 de 2018, instados por la procuradora doña Olga López Mirayo, en nombre y representación de don Saturnino Díaz-Toledo Avendaño, contra Viviendas Toledo, S. A., en los que se ha dictado en fecha 13 de mayo de 2019 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Que debo estimar y estimo la demanda formulada por la procuradora doña Olga López Mirayo, en nombre y representación de don Saturnino Díaz-Toledo Avendaño, contra Viviendas Toledo, S. A., y, en consecuencia, declaro que es válido y eficaz el contrato de compraventa de 1985 obrante en autos, relativo a vivienda sita en calle Cascajoso, número 15 (hoy, número 11), piso primero, letra C, en la ciudad de Toledo, finca registral 16044 del registro de la propiedad de Toledo, condenando a esta a estar y pasar por la anterior declaración, y a que otorgue a su favor la pertinente escritura pública elevando a público el mencionado contrato privado de compraventa, con expreso apercibimiento de que no hacerlo se hará por este tribunal, ordenando su inscripción en el registro de la propiedad, a cuyo fin una vez firme la presente sentencia se librará el oportuno mandamiento al registro de la propiedad dicho, todo ello sin imposición de costas.

Notifíquese a las partes y hágase saber que contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación, para ante la Audiencia Provincial de Madrid, dentro de los veinte días siguientes a su notificación.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada Viviendas Toledo, S. A., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 13 de mayo de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/24.440/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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