Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 168

Fecha del Boletín 
17-07-2019

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190717-73

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA DE LA ALAMEDA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

73
Santa María de la Alameda. Organización y funcionamiento. Representantes vecinales

Por decreto de Alcaldía 133/2019, de 18 de junio, se dicta decreto de cese de nombramiento de representantes personales del alcalde en núcleos de población que no constituyen Entidad Local Menor, cuyo texto íntegro es:

“Vista la celebración de las elecciones municipales el día 26 de mayo de 2019 y habiéndose procedido el día 15 de junio de 2019 a la constitución de la nueva Corporación Local. En virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 21.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 46.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, resuelvo:

Primero.—Proceder al cese en su nombramiento, por decreto 136/2015, de 17 de junio de 2015, de los siguientes representantes vecinales en los siguientes núcleos de población:

— De Navalespino: doña Almudena García Lastra.

— De La Hoya: don Eugenio Soriano García

— De Las Herreras: doña Irene García Boldo.

— De El Pimpollar-Las Juntas: don Juan José Martínez González.

Segundo.—Notificar personalmente la presente resolución a los designados y remitir la resolución de designación al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para su publicación en el mismo; igualmente, publicar la resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Tercero.—Dar cuenta al Pleno del Ayuntamiento de esta resolución en la primera sesión que celebre”.

Santa María de la Alameda, a 3 de julio de 2019.—El alcalde, Francisco Palomo Pozas.

(03/24.382/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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