Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 168

Fecha del Boletín 
17-07-2019

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190717-35

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Alcaldía

35
Madrid. Organización y funcionamiento. Alcaldía. Estructura orgánica

Decreto de 3 de julio de 2019 del alcalde, por el que se modifica el de 15 de junio de 2019, por el que se establece el número, denominación y competencias de las Áreas en las que se estructura la Administración del Ayuntamiento de Madrid.

Mediante decreto de 15 de junio de 2019 del alcalde, se estableció el número, denominación y competencias de las Áreas en las que se estructura la Administración del Ayuntamiento de Madrid.

Con el fin de completar la organización administrativa y procurar una mayor eficacia en la realización de las tareas y funciones encomendadas a cada uno de los órganos que conforman la Administración municipal, a través del presente decreto se procede a la creación del Área Delegada de Turismo y del Área Delegada de Deporte en el Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, así como del Área Delegada de Vivienda en el Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, conforme a lo previsto en el artículo 38 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 14.3.h) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid y de conformidad con lo previsto en el Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid,

DISPONGO

Artículo único. Modificación del decreto 15 de junio de 2019 del alcalde por el que se establece el número, denominación y competencias de las Áreas en las que se estructura la Administración del Ayuntamiento de Madrid.—Modificar el decreto de 15 de junio de 2019 del alcalde, por el que se establece el número, denominación y competencias de las Áreas en las que se estructura la Administración del Ayuntamiento de Madrid, en los términos que a continuación se indican:

Uno.—En el artículo 1, relativo a la “Estructura”, se modifica el apartado 3 y se introducen dos nuevos apartados 4 y 5, que quedan redactados en los siguientes términos:

“3. Del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte dependerán las siguientes Áreas Delegadas:

3.1. Área Delegada de Turismo.

3.2. Área Delegada de Deporte.

4. Del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, dependerá el Área Delegada de Emprendimiento, Empleo e Innovación.

5. Del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, dependerá el Área Delegada de Vivienda”.

Dos.—En el artículo 2, relativo a “Competencias”, se modifican los apartados 6 y 12 y se introducen dos nuevos apartados 13 y 14, que quedan redactados en los siguientes términos:

“6. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano: le compete el planeamiento urbanístico; gestión urbanística; licencias; control de la edificación; patrimonio municipal del suelo; política social de viviendas; rehabilitación y regeneración urbana.

Se adscriben a esta área el organismo autónomo Agencia de Actividades y, a través del Área Delegada de Vivienda, la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, S. A.”.

“12. A las Áreas Delegadas dependientes del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte les corresponden, bajo la superior dirección del titular del Área de Gobierno, el desarrollo y la ejecución de las políticas municipales en las siguientes materias:

12.1. Área Delegada de Turismo: promoción turística y promoción de Madrid en el exterior.

12.2. Área Delegada de Deporte: programación deportiva y de eventos deportivos.

13. Al Área Delegada de Emprendimiento, Empleo e Innovación, dependiente del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, le corresponde, bajo la superior dirección del titular del Área de Gobierno, el desarrollo y la ejecución de las políticas municipales en materia de emprendimiento; innovación; fomento del empleo e inserción laboral.

14. Al Área Delegada de Vivienda, dependiente del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, le corresponde, bajo la superior dirección del titular del Área de Gobierno, el desarrollo y la ejecución de las políticas municipales en materia de política social de viviendas”.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Entrada en vigor

El presente decreto surtirá efectos desde el día de su firma, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Comunicación al Pleno

Del presente decreto se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado del mismo.

Madrid, a 3 de julio de 2019.—El alcalde, José Luis Martínez-Almeida Navasqüés.

(03/24.472/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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