Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 168

Fecha del Boletín 
17-07-2019

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190717-110

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

110
Madrid número 21. Ejecución 128 de 2019, notificación a Izequias de Oliveira Rodrigues

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. ARACELI CRESPO PASCUAL. LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 21 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento EJECUCION 128/2019-M de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. CLEBER DE ARAUJO DURVAL frente a D. IZEQUIAS DE OLIVEIRA RODRIGUES sobre Despido se ha dictado en el día de la fecha auto de extinción de la relación laboral, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

SE DECLARA:

- Extinguida la relación laboral entre D. Cleber de Araujo Durval y D. Izequias de Oliveira Rodrigues con efectos de esta resolución, 19/06/2019.

- Se condena a D. Izequias de Oliveira Rodrigues a satisfacer al ejecutante, una indemnización de cuarenta y cinco días de salario por año trabajado, hasta el 12 de febrero de 2012. y de 33 días por año, desde esa fecha (conforme al Real Decreto 3/2012 de 10 de febrero, Disposición Transitoria Quinta), prorrateándose, en ambos casos, los períodos inferiores a una anualidad, computándose como tiempo de servicio el transcurrido hasta la fecha de esta resolución, que supone el importe de 3.278,52 euros.

- Condena, también a la ejecutada, a abonar el importe 5.056,53 euros brutos, en concepto de días de 123 días de salarios de tramitación desde el despido (31/05/2018), hasta la fecha en que el trabajador demandante consta dado de alta en R.E.T.A.(01/10/2018).

MODO IMPUGNACIÓN.-Mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los TRES DIAS hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda por aplicación del art 184.1 de la L.E.C.

Asimismo se deberá consignar en la Cuenta Depósitos y Consignaciones Judiciales que este Juzgado tiene abierta en el Grupo Banesto, como depósito, quienes no gocen del Derecho de Asistencia Gratuita, la cantidad de 25 Euros de conformidad con lo dispuesto en la D.A. 15ª de la L.0 1/2009 de 3 de Noviembre, debiéndose acompañar necesariamente resguardo acreditativo de dicho ingreso, procediéndose en caso de no verificarlo a la no admisión a trámite del recurso de reposición interpuesto.

LA MAGISTRADA-JUEZ LA LETRADA ADMÓN. JUSTICIA

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D. IZEQUIAS DE OLIVEIRA RODRIGUES, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y Tablón de Anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diecinueve de junio de dos mil diecinueve.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/23.464/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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