Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 166

Fecha del Boletín 
15-07-2019

Sección 3.10.20O: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190715-49

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE OLMEDA DE LAS FUENTES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Olmeda de las Fuentes. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

El Pleno de esta Ayuntamiento, en sesión extraordinaria de 26 de junio de 2019, sobre organización de la legislatura 2019-2023, ha acordado por unanimidad de los asistentes en el Punto 4. Aprobación de Delegaciones Especificas del Pleno en la Alcaldía, delegar una serie de competencias en la Alcaldía con el fin de agilizar la gestión administrativa municipal, todo ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, lo que se hace público a los efectos oportunos:

1. Se delegan en la Alcaldía-Presidencia las siguientes competencias previstas en el artículo 22 de la Ley 7/1985, Reguladora de Bases de Régimen Local:

j. El ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa de la corporación en materias de competencia plenaria.

k. La declaración de lesividad de los actos del Ayuntamiento. m. La concertación de las operaciones de crédito cuya cuantía acumulada, dentro de cada ejercicio económico, exceda del 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto (salvo las de Tesorería, que le corresponderán cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento supere el 15 por 100 de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior, todo ello, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

ñ. La aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación o concesión, y cuando aún no estén previstos en los presupuestos.

q. Las demás que expresamente le confieran las leyes.

2. Se delega, asimismo, en la Alcaldía-Presidencia de manera específica las solicitudes de todo tipo de ayudas, subvenciones, inversiones a Corporaciones Locales que se convoquen mediante publicación en cualquier boletín oficial o por cualquier otro medio, así como la justificación de las mismas.

El presente anuncio, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento http://olmedadelasfuentes.sedelectronica.es

Olmeda de las Fuentes, a 1 de julio de 2019.—La alcaldesa-presidenta, María Victoria Roldán Prieto.

(03/23.998/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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