Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 166

Fecha del Boletín 
15-07-2019

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190715-33

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE AMBITE

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Ambite. Organización y funcionamiento. Delegación competencias

Por Resolución de Alcaldía 177/2019, de fecha 1 de julio de 2019, el Alcalde don Apolonio Alcaide Bravo delegaba en los concejales don Francisco Javier Carmona Sánchez, doña Ana María Estévez García y don Juan Ángel Gismero López, lo que se publica a los efectos del artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

“Resolución de Alcaldía: don Apolonio Alcaide Bravo, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Ambite, vista la celebración del Pleno de constitución de la Corporación el pasado día 15 de junio de 2019, en virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, y 43, 44, y 45 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por la presente resuelvo:

Primero.—Designar a don Francisco Javier Carmona Sánchez, concejal-delegado, en las siguientes áreas:

— Área de Proyectos Urbanísticos, Rehabilitación y Recuperación del Casco Antiguo. Limpieza y Fiestas.

Segundo.—Designar a don Juan Gismero López concejal-delegado en las siguientes áreas:

— Área de Medio Ambiente, Protección Civil, Deportes y Turismo.

Tercero.—Designar a doña Ana María Estévez García, concejal-delegado en las siguientes áreas:

— Área de Servicios Sociales, Salud y Educación.

Cuarto.—Notificar personalmente la presente resolución a los interesados, que se considerará aceptada tácitamente salvo manifestación expresa.

Quinto.—Que de la presente resolución se dé cuenta al Pleno en la primera sesión que este celebre, a los efectos de su conocimiento, y se publique en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios municipal, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente a la fecha de la misma”.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo competente, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de que pueda interponer usted cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

En Ambite, a 2 de julio de 2019.—El alcalde, Apolonio Alcaide Bravo.

(03/24.064/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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