Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 164

Fecha del Boletín 
12-07-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190712-72

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 22

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Madrid número 22. Procedimiento 308 de 2018, notificación a Francis Eric Padjip

EDICTO

Don Carlos Beltra Cabello, letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de primera instancia número 22 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento familia, modificación de medidas con relación hijos no matrimoniales supuesto contencioso número 308 de 2018, instados por procuradora doña María de los Ángeles Almansa Sanz, en nombre y representación de doña María del Pilar Gil-Toresano Berges, contra don Francis Eric Padjip, en los que se ha dictado en fecha 14 de junio de 2019 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Sentencia número 240 de 2019

Madrid, a 14 de junio de 2019.—La magistrada-juez, María Inmaculada Galán Rodríguez.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora doña María de los Ángeles Almansa Sanz, en nombre y representación de doña María del Pilar Gil-Torresano Berges, asistida de la letrada doña María José Evangélico Gamero, frente a don Francis-Eric Padjip, en situación procesal de rebeldía, debo modificar y modifico las siguientes medidas acordadas en la sentencia de 4 de julio de 2007 en el sentido de:

Atribuir a doña María del Pilar Gil-Toresano Berges, el ejercicio exclusivo de la patria potestad sobre sus hijos menores.

Se deja en suspenso el régimen de visitas establecido a favor del padre, don Francis-Eric Padjip, respecto de sus hijos menores.

No es procedente hacer expresa condena en costas.

Así por esta mi sentencia, contra la que cabe interponer recurso de apelación que habrá de prepararse en la forma prevista en los artículos 457 y siguientes de la LEC 1/2000, que no suspenderá la eficacia de las medidas acordadas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 455 y 774 de la citada Ley, lo pronuncio, mando y firmo, el magistrado-juez.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la LEC), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2450-0000-35-0308-18 de esta oficina judicial de la cuenta general de depósitos y consignaciones abierta en Banco de Santander.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera instancia número 22 de Madrid, y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos 2450-0000-35-0308-18.

No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (LO 1/2009, disposición adicional 15).

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Francis Eric Padjip y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 19 de junio de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/23.745/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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