Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 137

Fecha del Boletín 
11-06-2019

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190611-45

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LOS SANTOS DE LA HUMOSA

OTROS ANUNCIOS

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Los Santos de la Humosa. Otros anuncios. Revisión oficio Edar Majuelo

Anuncio del extracto de la providencia de Alcaldía, de fecha 13 de febrero de 2019.

Examinado el expediente y el dictamen número 174/19, de 29 de abril del 2019, de la Comisión Jurídico-Asesora de la Comunidad de Madrid, sobre revisión de oficio de una licencia provisional para la instalación de una depuradora de aguas residuales en el paraje El Majuelo.

Primero.—Incorporar al expediente administrativo de la revisión de oficio de la licencia provisional para la instalación de la EDAR de Miralcampo (i) tanto el acuerdo de la Junta de Gobierno Local del que trae causa el procedimiento de revisión que nos ocupa (ii) como, en virtud del principio de transparencia, los documentos citados en el dictamen emitido por la Universidad de Alcalá de Henares, en enero del 2019, que sustenta el acuerdo de incoación de este expediente de revisión de oficio, y que se corresponden con los expedientes formados en su día por las solicitudes de concesión de la licencia afectada por los motivos de nulidad del artículo 47.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en cuanto que actuaciones que sirven de antecedentes a la Resolución de la que trae causa el presente expediente de revisión de oficio, de conformidad con lo establecido en el artículo 70.1 de la citada Ley 39/2015.

Segundo.—Dar por completado el expediente administrativo de revisión de oficio por nulidad de pleno derecho de la licencia provisional para la instalación de una depuradora de aguas residuales, concedida por la Junta de Gobierno Local con fecha 7 de mayo de 2001, a Orilva S. A., en terrenos sitos en el paraje denominado El Majuelo de Los Santos de la Humosa.

Tercero.—Dar traslado a los interesados en este expediente a los efectos de conceder nuevo plazo de alegaciones, con indicación de que pueden presentar las alegaciones, documentos e informaciones que estimen conveniente, todo ello en el plazo de veinte días desde la notificación de la presente.

Cuarto.—Transcurrido el plazo para presentación de Alegaciones, remitir el expediente conformado, y las alegaciones que se presenten, a la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid para la emisión del dictamen preceptivo exigido legalmente.

Quinto.—Suspender el procedimiento de revisión de oficio incoado por acuerdo adoptado desde la remisión del expediente a dictamen de la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid, con levantamiento automático de la suspensión si no se ha recibido en plazo de tres meses desde su remisión dicho dictamen.

Los Santos de la Humosa, a 21 de mayo de 2019.—El alcalde-presidente, don José Ignacio Fernández Cogedor.

(02/18.778/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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