Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 137

Fecha del Boletín 
11-06-2019

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190611-39

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GETAFE

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

39
Getafe. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

Por la alcaldesa de este Ayuntamiento se ha dictado el siguiente:

“Decreto.—En Getafe, a 24 de mayo de 2019.

En virtud de lo preceptuado en el artículo 125.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Getafe, con motivo de la ausencia del término municipal, dispongo:

Que todas las facultades inherentes a esta Alcaldía sean asumidas por el concejal-delegado de Hacienda, Educación y Juventud, primer teniente de alcalde, don Herminio Vico Algaba, desde las 8:00 horas del día 27 hasta las 24:00 horas del día 28 de mayo de 2019.

El presente decreto surtirá efectos desde el día de la fecha, dándose cuenta al Ayuntamiento Pleno en la primera sesión que éste celebre, debiéndose publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el boletín informativo municipal”.

Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados ambos desde el día siguiente al de recibo de esta notificación.

Lo que comunico a los efectos oportunos.

Getafe, a 27 de mayo de 2019.—La secretaria de la Junta de Gobierno, Concepción Muñoz Yllera.

(03/19.528/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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