Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 133

Fecha del Boletín 
06-06-2019

Sección 1.3.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190606-14

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN

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EXTRACTO de la Orden 1649/2019, de 24 de mayo, de la Consejería de Educación e Investigación por la que se aprueba la convocatoria de becas de Formación Profesional de Grado Superior correspondiente al curso 2019-2020.

BDNS (Identif.): 457840

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (htttp://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en la página web institucional de la Comunidad de Madrid (www.comunidad.madrid).

Primero

Beneficiarios

Serán destinatarios de las ayudas los alumnos que realicen algún curso de un ciclo formativo de Formación Profesional de Grado Superior, en la modalidad presencial, en centros privados autorizados por la Consejería competente en materia de Educación, situados en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, siempre que para dicho curso y ciclo no se haya suscrito concierto o convenio con la Consejería competente en materia de Educación, o en centros de titularidad de otra Consejería, Ministerio (o departamento equivalente de la Administración Local) que no sea el competente en materia de Educación, o de cualquiera de sus órganos, entes públicos, entidades u organismos dependientes, en tanto no suscriban concierto o convenio con la Consejería competente en materia de Educación.

Segundo

Objeto

Becas para el estudio de Formación Profesional de Grado Superior para el curso 2019-2020.

Tercero

Bases reguladoras

Las bases reguladoras se recogen en la Orden 792/2017, de 15 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 31 de marzo).

Cuarto

Criterios de baremación

Las becas se concederán en función de la renta per cápita familiar hasta agotar la totalidad del crédito destinado a la convocatoria.

Quinto

Cuantía

El importe total destinado a esta convocatoria es de 18.500.000 euros.

La cuantía individual de la beca anual se establecerá en función de la renta per cápita familiar de la siguiente manera:

En el caso de alumnos beneficiarios o familias beneficiarias de la Renta Mínima de Inserción, la cuantía de la beca será de 3.200 euros euros anuales para los alumnos que realicen el primer curso y de 2.500 euros anuales para los alumnos que realicen el segundo curso. Estas mismas condiciones se aplicarán también en casos excepcionales en familias con especial situación socioeconómica o cuando se haya acreditado la condición de refugiado.

Sexto

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el 8 de julio de 2019.

Madrid, a 24 de mayo de 2019.

El Consejero de Educación e Investigación, RAFAEL VAN GRIEKEN SALVADOR

(03/19.699/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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