Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 116

Fecha del Boletín 
17-05-2019

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190517-66

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LAS ROZAS DE MADRID

URBANISMO

66
Las Rozas de Madrid. Urbanismo. Plan Especial infraestructuras viarias

El Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria celebrada el día veintiuno de febrero de dos mil diecinueve, adoptó el siguiente acuerdo:

“Primero.—Aceptar parcialmente la alegación presentada conforme se indica en el propio documento de Plan Especial y en el informe de los Servicios Técnicos obrantes al expediente administrativo.

Segundo.—Aprobar definitivamente el Plan Especial de Infraestructuras viarias para la mejora de la permeabilidad centro urbano/La Marazuela/Camino Viejo de Madrid, para la ejecución de infraestructura de conexión de las márgenes de la A-6 a la altura del PK 17+885, en el término municipal de Las Rozas de Madrid.

Tercero.—Dar cuenta a la interesada en el expediente y publicar el acuerdo de aprobación definitiva del Plan Especial, junto con sus normas urbanísticas, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con indicación de haberse procedido previamente al depósito del Plan Especial en la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid”.

Lo que se publica para general conocimiento significando que ha sido depositado con fecha 24 de abril de 2019, un ejemplar del Plan Especial de Infraestructuras viarias para la mejora de la permeabilidad “Centro urbano/La Marazuela/Camino Viejo de Madrid”, para la ejecución de infraestructuras de conexión de los márgenes de la A-6 a la altura del PK 17+885 (AC. 15/2019-PL), diligenciado al Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio en aplicación de lo previsto en los artículos 65 y 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Contra la presente no cabrá interponerse nuevo recurso de reposición, por lo que únicamente cabe el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de reparto del partido judicial de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada, en la forma prevista por el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.

Todo ello sin perjuicio de la interposición de cuantos recursos y acciones se consideren pertinentes por el interesado.

Las Rozas de Madrid, a 25 de abril de 2019.—El alcalde-presidente, PD (Decreto 2574/2018, de 28 de junio), el concejal delegado (firmado).

(03/15.983/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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