Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 110

Fecha del Boletín 
10-05-2019

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190510-121

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 9

121
Málaga número 9. Ejecución 53 de 2019, notificación a Pride Energy 2012, S. L.

EDICTO

D/D.a MARÍA DOLORES FERNÁNDEZ DE LIENCRES RUIZ, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 9 DE MÁLAGA.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 53/2019 a instancia de la parte actora D/Dª. SERGIO TIRADO SÁNCHEZ RANDO contra PRIDE ENERGY 2012, S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado RESOLUCIÓN de fecha 11/04/19, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda despachar ejecución a instancias de D./D.a SERGIO TIRADO SÁNCHEZ RANDO contra PRIDE ENERGY 2012, S.L. en cuantía suficiente a cubrir la suma de 4.399,42 euros en concepto de principal reclamado, más la de 453,69 euros presupuestadas provisionalmente para intereses legales y costas, sin perjuicio de su ulterior y definitiva liquidación y tasación.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición el plazo de tres días.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo/a. Sr./Sra. D./Dña. ROCÍO ANGUITA MANDLY, MAGISTRADO/JUEZ del JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 9 DE MÁLAGA. Doy fe.

PARTE DISPOSITIVA

Se decreta el embargo de los bienes propiedad de la ejecutada.

A la vista de que el ejecutado fue declarado con anterioridad en situación de insolvencia provisional en el Juzgado de lo Social número Trece de Málaga mediante Decreto de fecha 30/01/18 recaído en la Ejecución 90/17, sin que conste la existencia de nuevos bienes, dese audiencia, por plazo de quince días, a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial, para que puedan señalar nuevos bienes o derechos del deudor susceptibles de embargo, conforme a lo prevenido en el artículo 276.3 de la LR.J.S., con la prevención de que en caso de no hacer manifestación o designación de bienes alguna en el indicado plazo se procederá al dictado de Decreto de insolvencia provisional de la parte demandada.

Así mismo por estar la demandada en paradero desconocido se acuerda librar edicto al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a fin de quedar notificada esta resolución.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Así lo decreta la Letrada de la Administración de Justicia. Contra el presente DECRETO cabe de conformidad con el art. 551.3.5 recurso directo de revisión sin efecto suspensivo ante el Juez que ha dictado la orden directa de ejecución.

Y para que sirva de notificación al demandado PRIDE ENERGY 2012, S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a once de abril de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/14.988/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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