Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 85

Fecha del Boletín 
10-04-2019

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190410-41

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

41
Móstoles. Organización y funcionamiento. Ordenanza terrazas de veladores

La Corporación Pleno, en su sesión celebrada el día 28 de febrero de 2019, adoptó, entre otros, los siguientes acuerdos:

Primero.—Aprobar inicialmente la modificación de ordenanza municipal reguladora de las terrazas de veladores, quioscos de hostelería y elementos auxiliares exteriores de mobiliario e instalaciones.

Segundo.—Someter este texto normativo a información pública durante el plazo de treinta días a partir de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, debiendo exponerse en los tablones de edictos y demás medios previstos en la legislación aplicable. Y, asimismo, audiencia a las asociaciones y entidades interesadas. Entendiéndose aprobado definitivamente en el caso de que en dicho plazo no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia.

Lo que se hace público de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el artículo 26 del Reglamento Municipal de Procedimiento Administrativo del Ayuntamiento de Móstoles, para que puedan formularse cuantas reclamaciones y sugerencias se consideren oportunas, estando a disposición de los ciudadanos a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncia en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en las dependencias de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Móstoles, en la calle Independencia, número 12, cuarta planta, en horario de 9:00 a 14:00 horas.

Móstoles, a 25 de marzo de 2019.—La concejala de Urbanismo y Patrimonio, Beatriz Benavides Fuster.

(03/12.120/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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