Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 63

Fecha del Boletín 
15-03-2019

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190315-86

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

86
Madrid. Sección Vigésima. Procedimiento 534 de 2018, notificación a Josefa Martínez Martos

Sección Vigésima

EDICTO

En virtud de lo acordado en el recurso de apelación número 534 de 2018, que se tramita en este Tribunal, interpuesto por XXX, frente a doña Josefa Martínez Martos, sobre derecho de sucesiones, al estar en ignorado paradero la parte apelado doña Josefa Martínez Martos, por resolución de 12 de febrero de 2019 se ha acordado la publicación del presente edicto, conforme a lo dispuesto en los artículos 156, apartado 4, y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para llevar a efecto la diligencia de notificación de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 17 de diciembre de 2018, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallamos

Se desestima el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de XXX contra la sentencia de fecha 11 de julio de 2016, recaída en juicio ordinario seguido con el número 919 de 2013 ante el Juzgado de primera instancia número 33 de Madrid, confirmando dicha resolución en todos sus pronunciamientos y se imponen a la parte recurrente las costas originadas por su recurso, con pérdida del depósito constituido para recurrir, al que se dará el destino legal.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que frente a la presente resolución cabe interponer recurso de casación y/o extraordinario por infracción procesal en los supuestos previstos en los artículos 477 y 468, respectivamente, de la LEC, en relación con la disposición final decimosexta de la misma Ley, a interponer en el plazo de veinte días ante este mismo órgano jurisdiccional. Haciéndose saber a las partes que, al tiempo de la interposición de los mismos, deberán acreditar haber constituido el depósito que, por importe de 50 euros, previene la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ establecida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, sin cuyo requisito el recurso de que se trate no será admitido a trámite, excepto en los supuestos de reconocimiento expreso de exención por tener reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita. (Caso de interponerse ambos recursos, deberá efectuarse un depósito de 50 euros por cada uno de ellos).

Dicho depósito habrá de constituirse en la cuenta de depósitos y consignaciones de esta Sección abierta con el número 2838 en la sucursal 6114 del “Banco Santander”, sita en la calle Ferraz, número 43, de Madrid.

Y para que sirva de notificación a doña Josefa Martínez Martos, expido y firmo la presente en Madrid, a 12 de febrero de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia de la Sección, Ana María Pita López.

(03/7.431/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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