Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 63

Fecha del Boletín 
15-03-2019

Sección 1.2.36.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190315-3

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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RESOLUCIÓN de 28 de febrero de 2019, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso selectivo de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Seguridad y Salud en el Trabajo, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid.

Mediante Orden 1309/2017, de 8 de mayo, de la entonces Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de mayo), se convocaron pruebas selectivas de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Seguridad y Salud en el Trabajo, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid.

Una vez concluido el citado proceso selectivo, y en cumplimiento de lo dispuesto en la Orden anteriormente señalada y demás normativa de aplicación, esta Dirección General, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,

HA RESUELTO

Primero

Declarar, a propuesta del Tribunal Calificador del mencionado proceso selectivo, que ha superado el mismo la aspirante que se indica a continuación, con las siguientes calificaciones:

Segundo

1. Con objeto de proceder a su nombramiento como funcionaria de carrera del Cuerpo y Escala de referencia, la aspirante seleccionada dispondrá de un plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para presentar la documentación que se especifica seguidamente, exigida por la base 10.1 de la ya reseñada Orden 1309/2017, de 8 de mayo, y que será dirigida a la Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda (plaza de Chamberí, número 8, primera planta, 28010 Madrid), todo ello sin perjuicio de lo establecido en el punto 2 de este apartado segundo:

A) Copia del Documento Nacional de Identidad.

B) Copia de la titulación requerida en la base 2.1.c) de la expresada Orden de convocatoria o, en su caso, de la certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición de dichos títulos, junto a la acreditación del pago de la tasa correspondiente por este concepto.

En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá aportar copia de la credencial de homologación o, en su caso, del certificado de equivalencia conforme a la normativa que resulte de aplicación a tal efecto.

C) Declaración jurada o promesa de no haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

D) Petición de destino, en atención al orden obtenido en el proceso selectivo y según la correspondiente relación de puestos de trabajo ofertados, a cuyos efectos, la aspirante aprobada, en el mismo plazo contemplado en este apartado segundo, podrá personarse ante la citada Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos a fin de que le sea proporcionada dicha relación, sin perjuicio de que esta se encuentre igualmente disponible, a título meramente informativo, en la página web “http://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/seguridad-sa...”.

Los modelos a efectos de cumplimentar la declaración jurada o promesa dispuesta en la letra C) y la solicitud de destino prevista en la letra D), serán facilitados por la aludida Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos, pudiendo, asimismo, accederse a aquellos a través del enlace “http://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/ personal-funcionario-nuevo-ingreso” y, seguidamente, seleccionando el apartado “Entrega de documentación y petición de destinos”.

2. No obstante lo anterior, no será necesario aportar la documentación detallada en las letras A) y B), obteniéndose por la Administración, de oficio, la información a que van referidas las mismas, salvo que la interesada no autorice expresamente la consulta de datos por medios electrónicos establecida a tal fin en el modelo al que se hace mención en el punto 3 de este apartado segundo.

Sin perjuicio de lo expuesto, en lo relativo a la titulación académica, el acceso de oficio a la información requerida, únicamente será posible siempre y cuando la aspirante aprobada hubiera procedido al abono de la tasa correspondiente a la expedición del título de que se trate exigido para concurrir al proceso de referencia. En caso contrario, deberá aportarse la documentación señalada en la letra B).

3. La documentación indicada en este apartado segundo será presentada mediante alguna de las modalidades que se relacionan a continuación:

— Telemáticamente, cumplimentando el modelo de impreso normalizado de “Presentación de documentación para adquirir la condición de funcionario de carrera”, al que podrá accederse desde el Portal del Ciudadano de la Comunidad de Madrid o desde la página web “http://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios­profesionales/ seguridad-salud-trabajo-a2-pi”, y anexándose al mismo la documentación correspondiente que hubiera de aportarse.

A estos efectos, para presentar el modelo y documentación por Internet a través del Registro Electrónico de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda o de los demás registros previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, será necesario disponer del DNI electrónico o de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”.

— En el supuesto de no optar por la presentación telemática, la interesada podrá presentar el formulario que haya impreso y firmado tras su cumplimentación, junto con la documentación requerida que corresponda, en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro de la Comunidad de Madrid, o en alguno de los demás lugares y formas establecidos en el artículo 16.4 de la reseñada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

— Asimismo, la aspirante podrá comparecer presencialmente en la Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda (Plaza de Chamberí, número 8, primera planta, Madrid), para efectuar la entrega del citado modelo y de la documentación indicada.

Tercero

De acuerdo con lo expresado en la base 10.4 de la señalada Orden 1309/2017, de 8 de mayo, la acreditación del cumplimiento de los requisitos contemplados en las bases 2.1.d) y 2.1.e) de dicha Orden se efectuará, de oficio, por la ya reiterada Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos, aportando al procedimiento la certificación correspondiente a tal objeto.

Cuarto

De conformidad con lo dispuesto en la base 10.5 de la aludida Orden de convocatoria, si la aspirante aprobada, dentro del plazo previsto en el apartado segundo de esta Resolución, y salvo casos de fuerza mayor, no acreditase el cumplimiento de los requisitos exigidos en el proceso selectivo de referencia, o si del examen de la documentación correspondiente se dedujera que carece de alguno de dichos requisitos, perderá su derecho a ser nombrada funcionaria de carrera del Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Seguridad y Salud en el Trabajo, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que, en su caso, pudiera haber incurrido por falsedad en su solicitud inicial.

Quinto

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Presidencia, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 28 de febrero de 2019.—La Directora General de Función Pública, María José Esteban Raposo.

(03/8.856/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.36.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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