Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 32

Fecha del Boletín 
07-02-2019

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190207-73

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MAJADAHONDA NÚMERO 8

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Majadahonda número 8. Procedimiento 358 de 2017, notificación a Iván Gallego Gallego

EDICTO

Doña Verónica Ezcurra Atayde, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia e instrucción número 8 de Majadahonda.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 358 de 2017, instados por el procurador don Ignacio García López, en nombre y representación de “Los Robles, Sociedad Cooperativa Madrileña”, contra don Iván Gallego Gallego, en reclamación de 17.206,73 euros, en los que se ha dictado en fecha 5 de julio de 2018 sentencia, cuyo fallo es la siguiente:

Debo estimar y estimo íntegramente la demanda interspuesta a instancia de “Los Robles, Sociedad Cooperativa Madrileña”, representada por el procurador señor García López, contra don Iván Gallego Gallego, en situación de rebeldía procesal, y, en consecuencia, condeno al demandado a que abone a la demandante la cantidad de 17.206,73 euros, más los intereses legales desde la interposición de la demanda.

Todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, don Iván Gallego Gallego, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Majadahonda, a 17 de diciembre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/2.071/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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