Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 19

Fecha del Boletín 
23-01-2019

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190123-104

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 22

104
Madrid número 22. Procedimiento 521 de 2018, notificación a Miguel Ángel Esteban Rodríguez y otros

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 22 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 521 de 2018 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Allan Ariel Motiño Ramírez, frente a “Cerramientos Técnicos de Cristal, Sociedad Limitada” y don Miguel Ángel Esteban Rodríguez, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Procede aclarar la sentencia, de fecha 31 de octubre de 2018, suplir la omisión del codemandado, don Miguel Ángel Esteban Rodríguez, e incluir a este en el encabezamiento de la resolución.

En consecuencia, se incluye un párrafo final en el fundamento jurídico segundo de la sentencia, con el siguiente contenido: “Procede la condena del codemandado, don Miguel Ángel Esteban Rodríguez, administrador único de la empresa “Cerramientos Técnicos de Cristal, Sociedad Limitada”, y quién contrató al actor”.

Además procede completar el fallo, condenando a don Miguel Ángel Esteban Rodríguez al pago solidario, junto con la empresa, al actor, de la cantidad de 1.700 euros, más el 10 por 100 de interés de mora.

Incorpórese esta resolución al libro de sentencias y llévese testimonio a los autos.

Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma, la ilustrísima señora magistrada-juez, Sandra García Fuentes.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Miguel Ángel Esteban Rodríguez y “Cerramientos Técnicos de Cristal, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 29 de noviembre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/951/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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