Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 309

Fecha del Boletín 
28-12-2018

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181228-73

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEMAQUEDA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Valdemaqueda. Régimen económico. Ordenanza Tasa Servicio Recogida Basuras

Al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional, de fecha 10 de octubre de 2018, del Ayuntamiento de Valdemaqueda de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de recogida domiciliaria de basuras y residuos sólidos urbanos, cuyo texto íntegro se hace público, en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA DOMICILIARIA DE BASURAS Y RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS

Se modifica el artículo 6 de la ordenanza, quedando redactado de la forma siguiente:

Artículo 6. El importe de la tasa quedará determinado en la siguiente tarifa:

1. Por cada vivienda: 38,00 euros.

2. Por cada establecimiento de actividad económica: 52,00 euros.

3. Por cada alojamiento de acampada: 30,00 euros.

4. Por cada bien inmueble no edificado:

En Valdemaqueda, a 14 de diciembre de 2018.—El alcalde-presidente, Álvaro Santamaría Rodríguez.

(03/41.076/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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