Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 303

Fecha del Boletín 
20-12-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181220-83

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 67

83
Madrid número 67. Procedimiento 72 de 2018, notificación a Emilia Luis Braña

EDICTO

Doña Gema Fernández de Vera Ruiz, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 67.

Doy fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Ordinario número 72 de 2018, instados por la procuradora doña Victoria Brualla Gómez de la Torre, en nombre y representación de doña Concepción Gómez García, doña Manuela Gómez García y doña María Teresa Gómez García, contra doña Emilia Luis Braña, don Jacobo Luis Braña , don Luis Luis Braña, doña Martina Braña González e ignorados herederos de doña Martina Braña González, en los que se ha dictado sentencia cuyo fallo es la siguiente:

Sentencia número 358 de 2018

En la ciudad de Madrid, a 15 de noviembre del año 2018.—Vistos por la doña Marta Díez Pérez-Caballero, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 67 de esta ciudad y su partido, los presentes autos de juicio ordinario número 72 de 2018, seguidos a instancias de doña Concepción Gómez García, doña María Teresa Gómez García y doña Manuela Gómez García, representadas por la procuradora doña Victoria Brualla Gómez de la Torre, contra los herederos de doña Martina Braña González, los conocidos don Jacobo Luis Braña, don Luis Luis Braña y doña Emilia Luis Braña, y los ignorados herederos que pudieran existir, todos ellos en situación procesal de rebeldía.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por doña Concepción Gómez García, doña María Teresa Gómez García y doña Manuela Gómez García, contra los herederos de doña Martina Braña González, sus hijos don Jacobo Luis Braña, don Luis Luis Braña y doña Emilia Luis Braña, y los posibles o ignorados herederos que pudieran existir, debo:

1. Declarar el dominio de las demandantes sobre el bien inmueble sito en el paseo de las Delicias, número 45, piso cuarto F, de Madrid, en proindiviso y a partes iguales, como legítimas herederas de sus padres y hermano.

2. Acordar la cancelación de la inscripción registral contradictoria de dicho dominio, ordenando las rectificaciones necesarias en el contenido registral a fin de inscribirla a favor de las demandantes, a cuyos efectos deberá librarse el oportuno mandamiento judicial por duplicado al Registro de la Propiedad correspondiente.

No se hace expresa imposición de las costas del procedimiento.

Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación ante este Juzgado para ante la Audiencia Provincial en el plazo de veinte días a partir del siguiente a la notificación, debiendo la parte recurrente acreditar haber constituido el preceptivo depósito legal para poder apelar.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados, doña Emilia Luis Braña, don Jacobo Luis Braña , don Luis Luis Braña, doña Martina Braña González e ignorados herederos de doña Martina Braña González, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 15 de noviembre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia

(02/38.134/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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