Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 303

Fecha del Boletín 
20-12-2018

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181220-40

Páginas: 24


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BUSTARVIEJO

OFERTAS DE EMPLEO

40
Bustarviejo. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

De conformidad con lo previsto en la legislación vigente y en cumplimiento del decreto de esta Alcaldía número 443 de 2018, de fecha 23 de noviembre del 2018, por el que se aprueban la convocatoria y bases de referencia, se convoca proceso selectivo para la provisión del puesto de trabajo de referencia, conforme a las bases cuyo contenido se describe.

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE UN PUESTO DE TRABAJO DE EDUCADOR/A INFANTIL DEL AYUNTAMIENTO DE BUSTARVIEJO

1. Objeto.—Es objeto de estas bases regular el proceso selectivo convocado para la provisión, mediante concurso-oposición, de un puesto de trabajo fijo de EDUCADOR/A INFANTIL, vacante en la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) de este Ayuntamiento y Bolsa de Empleo para sustituciones.

2. Características generales.—2.1. Relación jurídica: La relación jurídica que ligará con la Corporación convocante a los aspirantes finalmente seleccionados para cubrir este puesto de trabajo será la siguiente: de carácter laboral fijo en régimen general con sujeción a lo previsto, en el Estatuto de los Trabajadores y en el convenio colectivo correspondiente.

2.2. Retribuciones: Las que figuran en el Anexo de Personal aprobado por el Ayuntamiento junto al Presupuesto del año 2018 para los puestos de trabajo de educadores/as de Casa de Niños.

2.3. Régimen de dedicación: La dedicación del puesto de trabajo es completa con jornada de 37,5 horas semanales de lunes a viernes. El o la aspirante seleccionada, desde su contratación, quedará sometida al régimen de incompatibilidades en vigor.

2.4. Funciones del puesto de trabajo. Por orden de prelación serán las siguientes:

— Programación y realización de las actividades educativas.

— Programación y prestación de los servicios asistenciales a los niños: cambio de pañales; control de esfínteres; ayuda en la toma de alimentos; control en la hora de la siesta etc.

— Relaciones con las familias de los/as alumnos/as.

— Ejecución y desarrollo de programas de actuación fijados por la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid y por el Ayuntamiento, bajo la responsabilidad directa de la Dirección del Centro y de la Concejalía Delegada de Educación o de Alcaldía.

3. Requisitos de los/las aspirantes.—Para ser admitida/o a la realización de las pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

3.1. Generales para el puesto convocado:

a) Nacionalidad: Deberá concurrir alguna de las siguientes circunstancias:

Tener la nacionalidad española o la nacionalidad de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o ser nacional de algún Estado al que sea de aplicación el Reglamento (UE) número 492/2011 del Parlamento europeo y del Consejo de 5 de abril de 2011, relativo a la libre circulación de los trabajadores dentro de la Unión, y el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. Igualmente, podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, los familiares de ciudadanos de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, cuando le acompañen o se reúnan con él, en los términos dispuestos en el citado Real Decreto 240/2007.

b) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión de la titulación adecuada según lo establecido en el Decreto 18/2008, de 6 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12 de marzo), del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan el primer ciclo en el ámbito de la Educación Infantil. Lo que se concreta en poseer alguna de las siguientes titulaciones:

— Técnicos Superiores en Educación Infantil (Ciclo formativo de grado superior).

— Técnico Especialista Educador Infantil (módulo de nivel III), o Técnico Especialista en Jardines de Infancia (Formación Profesional 2.o grado), o Profesionales que estén habilitados por la Administración Educativa para impartir primer ciclo de Educación Infantil.

— Maestros con la especialidad de Educación Infantil, o Profesor de Educación General Básica con especialidad de educación preescolar, o Maestros de Primera Enseñanza, o Diplomado o Licenciado con la especialidad de Educación Infantil debidamente reconocida por la Administración Educativa (Orden Ministerial de 11 de enero de 1996, Anexo 3, “Boletín Oficial de Estado” de 23 de Enero de 1996), o Grado en Maestro de Educación Infantil.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación o de la credencial de reconocimiento en el párrafo anterior, en aplicación de la Directiva 89/48/CEE.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

e) Poseer la capacidad funcional (psíquica y física) para el desempeño de las tareas habituales a la plaza que se opta. Se presentará junto a la documentación para participar en el proceso, declaración responsable en la que se manifieste por el interesado su capacidad para el desempeño de las funciones de educador infantil, conforme al Anexo III.

f) No estar inscrita en el Registro Central de Delincuentes Sexuales, debiendo presentar, en el momento de la contratación, certificado negativo tal como consta en el apartado 5 del artículo 13 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, añadido por la Ley 26/2015, de 28 de julio, de Modificación del Sistema de Protección a la Infancia y a la Adolescencia (“Boletín Oficial de Estado” n.o 180 de 29 de julio de 2015), en vigor desde el 18 de agosto de 2015.

3.2. Requisitos específicos para personas con discapacidad acreditada: De acuerdo con lo establecido en la Ley 13 de 1982, de 7 de abril, de integración social de discapacitados la presente convocatoria no establece exclusión alguna por limitación física o psíquica del candidato/a que no sean las derivadas a la propia incompatibilidad de éstas con el desempeño normal de las tareas o funciones correspondientes.

A los efectos de lo dispuesto en el apartado anterior, serán consideradas como personas discapacitadas aquellas a quienes se les haya reconocido dicha condición por los órganos competentes de la Consejería de Familia y Asuntos de Sociales de la Comunidad de Madrid o del órgano correspondiente en la respectiva Comunidad Autónoma.

El personal discapacitado deberá acreditar dicha condición, así como la posibilidad de desempeñar las tareas y funciones del puesto de trabajo mediante las oportunas certificaciones de los órganos competentes de las Administraciones mencionadas.

Dado que en la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento, el número total de puestos de trabajo como el convocado es 3, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable, no existirá ningún puesto de educador/a reservado para su provisión por personas discapacitadas.

Si algún aspirante tuviera la condición de discapacitado/a lo expresará en su solicitud a efectos de que el Tribunal adapte en su caso la duración y medios de las pruebas de la fase de oposición, y si superara el proceso lo acreditará con los certificados expedidos por las Administraciones competentes.

No obstante, si en la realización de las pruebas se suscitaran dudas al Tribunal respecto de la capacidad de la persona aspirante para el desempeño de las tareas y funciones habitualmente desarrolladas por el personal del puesto al que opta, podrá recabar el correspondiente dictamen del órgano competente. En este caso y hasta tanto se emita el dictamen, la persona aspirante podrá seguir participando condicionalmente en el proceso selectivo quedando en suspenso la resolución definitiva sobre la admisión o exclusión del proceso hasta la recepción del dictamen.

4. Solicitudes y documentación.—4.1. Forma: Las solicitudes para tomar parte en estas pruebas selectivas estarán dirigidas a la Alcaldía del Ayuntamiento. Deberá utilizarse el modelo de impreso publicado en el Anexo II, que será facilitado gratuitamente en el Ayuntamiento. También podrán obtenerse las solicitudes a través de la página web, www.bustarviejo.org.

La tasa por derechos de examen se fija en la cuantía de 30 euros. El pago de dicha tasa se efectuará mediante ingreso o transferencia bancaria en la cuenta corriente número ES 92 2038 2260 11 6000006683 correspondiente a la entidad financiera “Bankia”, indicando en el concepto: ”Convocatoria educadores/as”.

4.2. Presentación de solicitud: El impreso de solicitud debidamente cumplimentado será presentado en el Registro General del Ayuntamiento.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir de la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En el caso de que el último día de presentación de solicitudes fuera festivo, el plazo finalizará el siguiente día hábil.

Independientemente de lo anterior, las solicitudes podrán presentarse con arreglo a los procedimientos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.

Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.

4.3. Documentación: Las personas aspirantes acompañarán a su solicitud los siguientes documentos:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad o pasaporte. Quienes no posean la nacionalidad española presentarán fotocopia del documento que acredite su nacionalidad.

b) Fotocopia de la titulación académica que da derecho a participar en el proceso selectivo, exigida según conformidad con la base 3.1 c) de la convocatoria. Quienes aleguen estudios equivalentes a los exigidos, habrán de citar la disposición legal en la que se reconozca la equivalencia, o en su caso, aporta una certificación expedida por el órgano competente del Ministerio de Educación y Cultura.

c) Fotocopias de la documentación justificativa para la valoración de méritos a que hace referencia el Anexo IV de la convocatoria para la fase de concurso.

d) Fotocopia del Certificado de vida laboral actualizada y de los contratos o certificados de la Administración contratante correspondientes en los que figure la categoría laboral que permitan la valoración de la experiencia docente indicada en el apartado 2 del Anexo IV.

Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, las Administraciones podrán solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por el interesado, para lo que podrán requerir la exhibición del documento o de la información original.

5. Admisión de candidaturas.—Expirado el plazo de presentación de solicitudes, en el término de quince días, la Presidencia de la Corporación Local dictará resolución aprobando la lista de admitidos/as y excluidos/as, en la que constará nombre y apellidos del candidato/a, numero de DNI y causa de la no admisión para estos últimos.

Tal resolución será publicada en el Tablón de Edictos de la Casa Consistorial y en la página web del Ayuntamiento.

Asimismo la resolución a que se refiere el párrafo precedente, establecerá un plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación de la citada resolución para la subsanación de errores, indicando que a quien no lo hiciese se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que será dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los errores materiales, de hecho o aritméticos podrán subsanarse en cualquier momento de oficio, o a petición del interesado/a, a tenor de lo que preceptúa el artículo 109.2 de la Ley 39/2015.

Finalizado el plazo de subsanación de defectos, y dentro de los quince días siguientes, se publicará la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, declarándose desestimadas las reclamaciones no recogidas en el mismo. Ese mismo día se publicará el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio, así como la composición nominal del tribunal seleccionador.

Los/las aspirantes definitivamente excluidos/as podrán interponer potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes, a partir de la publicación de la lista de conformidad con lo que previene los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, o ser impugnadas directamente ante el orden jurisdiccional contencioso- administrativo.

6. Tribunal seleccionador.—6.1. Composición. El Tribunal estará integrado por:

— Un Presidente nombrado directamente por el Alcalde de entre el personal del Ayuntamiento.

— Al menos cuatro vocales que serán designados por el Ayuntamiento y la Consejería de Educación e Investigación de la Comunidad de Madrid.

— Un Secretario que será designado entre los Vocales del Ayuntamiento por el Alcalde.

La totalidad de los miembros del Tribunal deberán poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido para el acceso a la categoría que se está seleccionando y la mayoría de los miembros del Tribunal serán especialistas en Educación Infantil o estarán habilitados para impartir docencia en dicha etapa educativa, de acuerdo con lo previsto en el artículo 23.4 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.

La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes, a quienes les serán de aplicación las mismas prescripciones que a los titulares.

6.2. Abstención y recusación: Los/as miembros de Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Presidencia de la Corporación, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del sector público o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas a la Administración Pública en los cinco años anteriores al de publicación de esta convocatoria. Asimismo los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previas en el párrafo anterior, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 24 de la Ley 40/2015.

Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante publicará en el en el Tablón de Edictos de la Casa Consistorial y en la página web del Ayuntamiento, si a ello hubiera lugar, los nuevos miembros del Tribunal en sustitución de los que hubieran perdido su condición por alguna de las circunstancias previstas en la base anterior.

6.3. Actuación: El Tribunal no se podrá constituir sin la asistencia de quien ostente la Presidencia, Secretaría y de la mitad de sus vocales titulares o suplentes, previa convocatoria del Presidente, y estará facultado para resolver las cuestiones que pudieran suscitarse durante el desarrollo del proceso selectivo y adoptar los acuerdos necesarios para el debido orden del mismo en todo lo no previsto en estas bases. A partir de su constitución, el Tribunal requerirá para actuar válidamente la presencia del Presidente y Secretario y de la mayoría de sus miembros titulares o suplentes.

Por Secretaría, se extenderá un acta de cada una de las sesiones que se celebren, la cual será leída en la siguiente sesión y hechas, en su caso, las rectificaciones que procedan, se autorizará con la firma de Secretaría y el visto bueno del Presidencia. En las actas se consignarán todos los asistentes, día, hora, lugar y objeto de la reunión, y en las relativas a la práctica de los ejercicios se hará constar el contenido o enunciado de las pruebas o temas que se hayan desarrollado, así como las incidencias dignas de destacar.

El Tribunal queda autorizado a resolver cuantas dudas puedan plantearse y adoptar los acuerdos precisos para el buen orden de la convocatoria, en todo lo no previsto por la presente convocatoria.

El Tribunal adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de las pruebas selectivas que el resto de los participantes.

El Tribunal podrá disponer la incorporación de asesores/as especialistas para aquellas pruebas que lo estimen necesario, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.

Asimismo podrá disponer de personal auxiliar colaborador en tareas de vigilancia para la realización de las pruebas.

El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios escritos de la oposición sean corregidos sin que se conozca la identidad del opositor. Aquellos aspirantes en cuyos ejercicios figuren nombre, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los mismos, serán eliminados del proceso selectivo.

6.4. Clasificación: El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría segunda de las previstas en el artículo 30.1.a) del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio.

7. Comienzo y desarrollo de la fase de oposición.—7.1. Comienzo: Una vez publicada la lista definitiva de admitidos y excluidos, y con una antelación mínima de 5 días hábiles, el Ayuntamiento publicará la fecha y hora de inicio de celebración de las pruebas, el lugar donde se llevarán a cabo las mismas y cuantas cuestiones estime oportunas.

Estos anuncios se harán públicos, en todo caso, en el Ayuntamiento, y a efectos de una mayor difusión, donde se estime conveniente.

Los anuncios de las sucesivas pruebas deberán hacerse con antelación mínima de 48 horas.

7.2. Llamamiento: Las personas aspirantes serán convocadas para sus actuaciones ante el Tribunal en un único llamamiento. Es decir, las convocados para cada día deberán estar presentes a la hora fijada por el Tribunal como hora de inicio de las actuaciones, siendo excluidos de los procedimientos selectivos quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados por el Tribunal, debiendo adoptar resolución motivada a tal efecto.

7.3. Orden de actuación: El orden de actuación de los aspirantes se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra Ñ, según lo dispuesto en la Resolución de 11 de abril de 2018, de la Secretaria de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado. En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra Ñ, el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyos primer apellido comience por la letra O, y así sucesivamente.

7.4. Acreditación de personalidad: Cualquier actuación ante el Tribunal tiene carácter personal y no se admiten acreditaciones ni poderes de representación. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su identidad.

7.5. Conocimiento de falta de requisitos de los aspirantes: Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, lo comunicará a la Presidencia de la Corporación, para que adopte las medidas procedentes.

7.6. Anuncios sucesivos: La fecha, hora y lugar de comienzo de los ejercicios posteriores al primero de las pruebas selectivas se pondrán en conocimiento de las personas aspirantes por medio de anuncios en el tablón de edictos de la Casa Consistorial y en la página web del Ayuntamiento, al menos con cuarenta y ocho horas de antelación y máximo de treinta días naturales.

8. Procedimiento de selección y calificación.—El proceso de selección se realizará por el sistema de concurso-oposición.

Cada una de las fases se valorará independientemente, y solo serán computados en la fase de concurso, los méritos de aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

8.1. Fase de oposición: La fase de oposición tiene por objeto valorar tanto los conocimientos sobre la materia como los recursos didácticos y pedagógicos de las y los aspirantes y versará sobre el temario que se recoge en el Anexo I.

Constará de dos ejercicios:

Primer ejercicio: Consistirá en una prueba tipo test de 50 preguntas, destinada a comprobar los conocimientos técnicos adecuados a la categoría y a la especialidad de Educación Infantil, incluidos temas comunes de administración pública. La duración máxima para el desarrollo de esa prueba será de 50 minutos.

Las preguntas de esta prueba serán lo suficientemente claras y objetivas como para permitir la corrección rigurosa a todos los miembros del Tribunal y versarán sobre el temario completo que figura en el Anexo I de estas bases.

Valoración del primer ejercicio: Cada respuesta correcta puntuará 0,2 puntos.

Las respuestas sin contestar no sumarán ni restarán puntos.

Cada respuesta errónea penalizará 0,10 puntos.

El Tribunal calificará esta prueba entre 0 y 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarla y tendrá carácter eliminatorio, accediendo al segundo ejercicio, como máximo, los 15 aspirantes con mejor puntuación superior a la mínima.

Segundo ejercicio: Consistirá en la realización por escrito de un supuesto práctico con posterior defensa oral ante el Tribunal. El Tribunal podrá formular preguntas al aspirante con el fin de valorar sus conocimientos sobre la Educación Infantil en la Comunidad de Madrid y su capacidad para resolver los supuestos prácticos que le sean propuestos.

Valoración del segundo ejercicio: El Tribunal calificará este segundo ejercicio entre 0 y 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo. Quienes no obtengan la puntuación mínima exigida, quedarán fuera del proceso selectivo.

La puntuación total de la fase de oposición se hallará efectuando la media aritmética de las puntuaciones alcanzadas en los dos ejercicios de que consta esta fase.

8.2. Fase de concurso: Esta fase tiene por objeto valorar los méritos (formación académica y experiencia docente) de los/as aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

El Tribunal calificará esta fase entre 0 y 10 puntos aplicando el baremo recogido en el Anexo IV.

9. Superación del procedimiento selectivo.—Para la obtención de la puntación global definitiva el Tribunal ponderará con un 60% la fase de oposición y con un 40% la fase de concurso. Habrán superado el proceso selectivo aquellos/as aspirantes que, ordenados según la puntuación global asignada, les corresponda un número de orden igual o inferior al número de plazas convocadas.

En caso de empate el orden se establecerá atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:

— Mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.

— Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.

— Mayor puntuación en los apartados del baremo de méritos por el orden en que éstos aparezcan en la convocatoria. Los aspirantes que hayan superado al menos el primer ejercicio sin conseguir el puesto de trabajo convocado pasarán a formar parte de una bolsa de trabajo cuyo funcionamiento se describe en el apartado 13.

10. Lista de aprobados.—Terminada la calificación de los aspirantes el Tribunal hará público en el tablón de edictos de la Casa Consistorial del municipio y en la página web municipal www.bustarviejo.org la relación de personas aprobadas por orden de puntuación, con indicación del nº de documento de identidad, así como las notas parciales de cada una de las fases del proceso selectivo, no pudiendo rebasar el número de plazas convocadas, y elevará dicha relación a la autoridad competente para la contratación. Cualquier propuesta de contratación que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.

Contra las decisiones del Tribunal expresadas en esta relación, y en el plazo de 1 mes los interesados podrán interponer, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, recurso ordinario ante el Alcalde del Ayuntamiento. Junto con la relación de aprobados el Tribunal entregará al Ayuntamiento toda la documentación generada en el proceso selectivo.

11. Presentación de documentos.—11.1. Documentos exigidos: En el plazo máximo de diez días naturales, contados desde el día siguiente a aquel en que se hiciera pública la lista definitiva de aprobados, el/la aspirante deberá presentar los siguientes documentos, salvo lo que previene el artículo 53.d) de la Ley 39/2015:

a) Fotocopia de Certificación de nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente.

b) Fotocopia del DNI o equivalente para los ciudadanos de otros estados miembros de la Unión Europea.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

d) Certificado médico de no padecer enfermedad ni tener ningún impedimento físico psíquico ni cualquier otro que impida o menoscabe el normal desempeño de las funciones del trabajo para el que ha sido propuesto. Los/las aspirantes que tengan la condición de minusválidos, deberán presentar certificación de los órganos competentes del Ministerio de trabajo y Seguridad Social que acrediten tal condición y de la compatibilidad para desempeñar las funciones y tareas que, correspondan al puesto al que pretenden acceder. Los aspirantes con minusvalía con grado de discapacidad superior al 33 por 100, deberán acreditar además en la referida certificación, el grado de discapacidad que padecen.

e) Declaración jurada de no hallarse incurso en causa de incapacidad e incompatibilidad.

f) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de personas con minusvalía, deberán presentar certificado actualizado acreditativo de la discapacidad expedido por la Dirección General de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid o algún otro órgano competente para expedir dichas certificaciones, en el que conste la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.

g) Fotocopia del Certificado negativo de no estar inscrito en el Registro Central de Delincuentes Sexuales tal y como consta en el apartado f del punto de la convocatoria.

11.2. Falta de presentación de documentos: Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentaran la documentación o si del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en el base 3, no podrán ser nombrados personal laboral del Ayuntamiento, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

La imposibilidad de presentar los documentos exigidos en la convocatoria, podrá ser debidamente justificada, mediante cualquier medio de prueba admitido a derecho.

12. Formalidades.—12.1. Contratación: Transcurrido el plazo de presentación de documentos, el Presidente de la Corporación, mediante decreto, procederá a contratar al/los aprobado/s como personal laboral fijo con la categoría que corresponde, determinando el plazo para la firma del contrato laboral correspondiente.

12.2. Efectos de la falta de suscripción del contrato: Quien sin causa justificada no compareciera a la firma del contrato dentro del plazo señalado o de la prórroga concedida en su caso, perderá todos los derechos derivados de la realización de las pruebas selectivas correspondientes y del subsiguiente contrato formalizado.

13. Contratación y funcionamiento de la bolsa:

— Formarán parte de la bolsa todas las personas que hayan superado todos o alguno de los ejercicios de la fase de oposición.

— Serán excluidas de la bolsa las personas que, habiendo sido contratadas no hayan superado el período de prueba que el contrato incluirá.

— Las ofertas de contrataciones temporales al personal incluido en la bolsa se realizarán según se vayan generando las necesidades de contratación y por riguroso orden de puntuación obtenido en el proceso de selección.

— En primer lugar se situará un primer grupo compuesto por quienes hayan aprobado los dos ejercicios, contando para ellas la nota total obtenida en el proceso,

— Después se situará un segundo grupo, siempre detrás del primero. En este grupo estarán las personas que sólo hayan aprobado el primer ejercicio. Su lugar en este segundo grupo vendrá determinado por la puntuación obtenida en el primer ejercicio (no computarán los méritos aportados).

— En ningún caso se modificará el orden de las personas integrantes de la bolsa de trabajo, durante el período de vigencia de la misma, sin perjuicio de las alteraciones que pudieran producirse en aquélla por exclusiones de candidatos que inicialmente pudieran haber integrado la citada bolsa.

— La oferta realizada al candidato deberá serle comunicada por cualquier medio que, procurando la mayor agilidad, garantice tener constancia de su recepción. Si el candidato rehúsa la oferta de contratación mediante la llamada telefónica, se le remitirá burofax, en el que conste aquella, y posteriormente se le informará que ha sido desplazado/a al último puesto de la bolsa en caso de rechazar la oferta o de no presentarse en el puesto de trabajo, sin perjuicio de continuar con la citación telefónica del resto de los candidatos/as. Como excepción de lo anterior, cuando exista urgencia en la contratación, y esta no supere una semana de duración, se procederá al llamamiento telefónico de los sucesivos candidatos hasta localizar uno disponible. Todos aquellos aspirantes que no hubieran sido localizados, no los que hayan rehusado, permanecerán en el puesto que ocupaban en la bolsa a la espera de nuevo llamamiento. Si un trabajador fuera citado para ser contratado y rehusase la oferta mediando justificación, mantendrá su puesto en la bolsa. Se entenderá que existe justificación cuando se acredite mediante el medio de prueba adecuado a cada supuesto en el plazo de diez días naturales desde que se produce la oferta de contratación, alguna de las siguientes situaciones:

• Enfermedad o disfrute de los permisos de maternidad o paternidad.

• Encontrarse en situación de incapacidad temporal, acreditada por certificado parte médico.

• Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal.

• Razones de fuerza mayor apreciadas, en su caso, por la Administración.

• Mantener una relación de empleo de carácter temporal, debiendo aportar copia del contrato o, una vez finalizada la misma, copia de la notificación de cese o de la extinción contractual.

• Causa de fuerza mayor apreciada con tal carácter por la Administración.

Una vez finalizada la causa que da lugar a las situaciones relacionadas en el apartado anterior o producida la extinción de la relación de empleo de carácter temporal, el interesado deberá comunicar este hecho en el plazo máximo de cinco días al Negociado de Personal, que hasta entonces mantendrá al candidato en la situación de baja temporal en la bolsa correspondiente. El responsable del Negociado de Personal le dará de alta en la misma, como disponible, a partir del día siguiente a aquel en que el interesado comunique de forma fehaciente la finalización de la causa de baja temporal. Si el candidato no realiza dicha comunicación se le desplazará al último puesto de la bolsa.

De conformidad con el artículo 7 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, los menores de 18 años seleccionados para la correspondiente contratación deberán aportar, al efectuar la misma, consentimiento de sus padres o autorización de la persona o institución que los tenga a su cargo.

No podrán ser contratadas las personas que en un período de 30 meses hubieran estado contratadas durante un plazo igual a veinticuatro meses, con o sin solución de continuidad, para el mismo o diferente puesto de trabajo en el Ayuntamiento de Bustarviejo, mediante dos o más contratos temporales, a tenor de lo previsto en la Ley 35/2010, de 17 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo, que modifica el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores. En el supuesto de alcanzar el plazo límite indicado causará baja temporal durante un período de 6 meses.

Los contratos o nombramientos de interinidad por sustitución de trabajadores con reserva de puesto de trabajo, y que por cualquier circunstancia dicho puesto se convierta en vacante en la plantilla de este Ayuntamiento, continuará ocupándola el mismo trabajador previo cambio del contrato de sustitución a contrato de interinidad hasta su cobertura definitiva o hasta que se amortice dicho puesto.

Supuestos de exclusión definitiva:

La exclusión definitiva de la bolsa de trabajo, será notificada a los interesados y se producirá por alguna de las siguientes causas:

— No presentar las justificaciones a que hace referencia el apartado anterior.

— No superar el período de prueba de 15 días.

— Abandono injustificado del servicio.

— A petición de interesado/a.

— Haber sido sancionado/a por falta grave o muy grave en aplicación del régimen disciplinario correspondiente.

Vigencia de la bolsa:

La vigencia efectiva de la Bolsa de trabajo será de 5 años a contar desde la fecha de resolución definitiva del proceso selectivo. Transcurrido dicho plazo deberá aprobarse nuevo proceso que permita la incorporación de nuevos aspirantes. No obstante, también se producirá nueva convocatoria cuando así se disponga por resolución de Alcaldía que acredite el agotamiento de la bolsa creada en virtud del presente proceso selectivo. Por razones acreditadas podrá prorrogarse la vigencia de la efectividad de la bolsa mediante resolución expresa que justifique las causas que lo motivan.

14. Normas finales.—El Tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas en todo lo no previsto en estas bases.

La resolución por la que se efectúa esta convocatoria y se aprueban sus bases, así como los actos administrativos que se deriven de ellas y los actos del Tribunal, podrán ser impugnados en la forma prevista en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Será de aplicación lo dispuesto en las siguientes disposiciones legales:

— Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

— Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores

— Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la reforma de la Función Pública.

— Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.

— Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

— Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.

— Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

— Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la revisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.

— Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

— Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del sector público.

— Los Convenios de colaboración en materia de Educación Infantil suscritos entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Juventud y Deporte) y el Ayuntamiento.

— El Convenio Colectivo de Personal Laboral del Ayuntamiento.

ANEXO I

TEMARIO DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS CONVOCADAS PARA LA PROVISIÓN DE UN PUESTO DE TRABAJO Y CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE EDUCADOR/A INFANTIL DEL AYUNTAMIENTO DE BUSTARVIEJO

Temario común

1. Organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Órganos de las Comunidades Autónomas y competencias. Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía: especial referencia al Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid.

2. El municipio. El término municipal y población. La organización municipal y competencias en la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local y en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales de 1986.

3. El acto administrativo: concepto y elementos. Clasificación. Eficacia de los actos. Nulidad y anulabilidad. Notificación y publicación de los actos.

4. El procedimiento administrativo y la Administración Electrónica: concepto. Principios generales del procedimiento administrativo. Derechos de la ciudadanía en sus relaciones con la Administración: fases del procedimiento.

5. El personal al servicio de las Administraciones Públicas: clases de empleo público. Derechos y deberes del personal al servicio de las administraciones públicas. Código de conducta y régimen disciplinario.

Temario específico

Excluyendo los módulos “Empresa e iniciativa emprendedora”, “Inglés” y “Didáctica del inglés en educación infantil”, se basará en lo establecido por:

— Decreto 94/2008 de 17 de Julio del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el Currículo del Ciclo Formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Educación Infantil (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de septiembre de 2008).

— Decreto 14/2011, de 24 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica para la Comunidad de Madrid el plan de estudios del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Educación Infantil (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12 de mayo de 2011).

— Normativa vigente en la Comunidad de Madrid relativa a la Educación Infantil (que puede consultarse en la página de la Dirección General de Educación Infantil, Primaria y Secundaria: www.madrid.org/redinfantil, sección de disposiciones vigentes).

En particular:

6. Actividades educativas de atención a las necesidades básicas:

— Crecimiento y desarrollo físico de 0 a 6 años. Fases, características y trastornos más frecuentes:

• Conceptos básicos relacionados con el crecimiento y desarrollo físico.

• Factores que influyen en el desarrollo y crecimiento infantil.

• Maduración y desarrollo funcional de los principales aparatos y sistemas.

• Parámetros e instrumentos para el seguimiento del crecimiento.

— Análisis de las características y pautas de la alimentación infantil:

• La nutrición del niño desde el nacimiento hasta los seis años.

• Elaboración de menús.

• Dietas tipo.

• Dieta equilibrada.

• Manipulación higiénica de alimentos.

• Alteración y conservación de alimentos.

• Trastornos relacionados con la alimentación.

• Principales afecciones alimenticias. Alergias e intolerancias alimentarias.

• Dietas especiales.

— Identificación de las necesidades y ritmos de descanso y sueño infantiles. Alteraciones relacionadas con el sueño.

— Aseo e higiene personal:

• La higiene como elemento de salud.

• Higiene general.

• Higiene específica.

• Arreglo personal: vestido, calzado y otros objetos de uso personal.

— Trastornos relacionados con el descanso y la higiene. Pautas de actuación educativa.

— Prevención y seguridad en la atención a las necesidades básicas: Análisis de peligros y puntos de control críticos. Identificación de posibles fuentes de riesgo.

7. Programación de intervenciones para la adquisición de hábitos de autonomía personal en la infancia:

— La autonomía personal en la infancia:

• Importancia de la autonomía personal en el desarrollo integral del niño.

• Hábitos de autonomía: evolución según la edad.

• Programa, entrenamiento y evaluación de hábitos.

• Actitud del educador en la adquisición de hábitos de autonomía.

— Hábitos relacionados con:

• La alimentación.

• El control de esfínteres.

• Higiene personal.

• La autonomía personal en las actividades de la vida cotidiana infantil: desplazamientos, orden, etc.

• La coordinación con las familias para el desarrollo de hábitos de autonomía de los niños.

— Identificación de conflictos y trastornos relacionados con la adquisición de hábitos de autonomía personal y el papel de los adultos en la adquisición de la autonomía personal de los niños.

8. Organización de espacios, tiempo y recursos para la satisfacción de las necesidades básicas y la adquisición de hábitos:

— Las necesidades infantiles como eje de la actividad educativa.

— Identificación de ayudas técnicas para la movilidad y la comunicación en la infancia:

• Recursos educativos y ayudas técnicas para niños con discapacidades sensoriales y motóricas.

— Normativa en materia de seguridad e higiene.

— Análisis de las rutinas en la organización del tiempo.

— Organización de la actividad: Importancia de los ritmos individuales y del equilibro entre la actividad y el descanso.

— Adecuación de espacios y recursos para favorecer la autonomía de los niños.

— Determinación de instalaciones y materiales para la alimentación, higiene y descanso de los niños:

• Sala de preparación de alimentos para menores de 1 año.

• El comedor como espacio educativo. Disposición y mobiliario.

• Sanitarios adecuados a la edad.

• Utensilios de uso personal.

• Disposición de zona tranquila y protegida para permitir el descanso en el aula, según edad de los niños.

— Higiene de instalaciones y utensilios.

9. Intervención en atención a las necesidades básicas y promoción de la autonomía personal:

— Análisis del papel del educador infantil en la atención a las necesidades básicas y la promoción de la autonomía personal de los niños.

— Análisis de prácticas concretas de higiene en el ámbito de la educación infantil.

— Aplicación de técnicas para el aseo e higiene infantiles

— Aplicación de técnicas para la alimentación de los bebés.

— La relación con las familias y la coordinación con otros profesionales para la atención de los niños.

— Puesta en práctica de normas de seguridad e higiene:

• Condiciones de seguridad y medidas protección.

• Climatización y ventilación.

• Iluminación e instalaciones eléctricas.

• Prevención de incendios.

10. Intervención en situaciones de especial dificultad relacionadas con la salud y la seguridad:

— La promoción de la salud y pautas de intervención en caso de enfermedad.

— Identificación de las enfermedades infantiles más frecuentes y pautas de intervención en el centro educativo en caso de enfermedad de los niños.

— Identificación de las necesidades de los niños con necesidades educativas especiales y pautas de intervención.

— Peligros y puntos de control críticos:

• Espacios.

• Mobiliario.

• Materiales.

• Productos.

• Protocolos de evacuación en incendios y otras situaciones de riesgo.

— Análisis de los riesgos y factores que predisponen a los accidentes en la infancia:

• Descripción de los principales tipos de accidentes en la infancia.

— Prevención de riesgos relacionados con la salud y la seguridad infantiles.

— El papel del educador en la prevención de riesgos relacionados con la salud y seguridad infantil y pautas de intervención.

11. Evaluación de programas de adquisición de hábitos y atención a las necesidades básicas:

— Instrumentos para el control y seguimiento del desarrollo físico y la adquisición de hábitos de autonomía personal:

• Pautas para la observación: educadores y padres.

• Selección de técnicas de observación: parámetros establecidos y aspectos a observar.

— Interpretación de instrumentos y datos sobre la evolución de los parámetros físicos y adquisición de hábitos.

— Análisis de estrategias e instrumentos para valorar las condiciones de seguridad e higiene de los centros educativos y de atención a la infancia.

— Detección de indicadores de riesgo para la salud o la seguridad infantil:

• Registro e informes.

• Análisis e interpretación de los datos obtenidos.

• Ajuste de la intervención educativa y seguimiento.

— La información a las familias y otros profesionales. Instrumentos.

12. Estrategias, actividades y recursos de intervención en el ámbito sensorial:

— Las sensaciones:

• Las sensaciones y sus componentes: Recepción sensorial, proceso de simbolización, proceso emocional.

• Bases fisiológicas y psicológicas de las sensaciones.

• Clasificación de las sensaciones:

• En función de la modalidad: Interoceptivas, propioceptivas, exteroceptivas.

• En función del grado de complejidad: Primitivas o protopáticas y complejas o epicríticas.

— La percepción:

• La percepción y sus componentes.

• Bases psicológicas:

• Psicología Asociacionista.

• Gestalt. Leyes perceptivas.

• Desarrollo de la percepción en el niño de 0 a 6 años. Características y factores determinantes.

• Propuestas de intervención para desarrollo de la percepción visual y auditiva.

• Trastornos de percepción o percepciones incorrectas.

— Los sentidos:

• El desarrollo sensorial en el niño de 0 a 6 años. Los sentidos y su evolución.

• Necesidad e importancia de la exploración en el desarrollo sensorial. Indicadores para la exploración del desarrollo sensorial en niños de 0 a 6 años.

• Los objetivos de la educación sensorial entre los 0 y los 6 años.

• Adecuación de los objetivos a las etapas de desarrollo, necesidades y características de los niños a los que se dirige la intervención. - Indicadores de evaluación y protocolos de actuación.

— Propuesta de intervención de acuerdo con los objetivos previstos y las características y necesidades de los niños.

— Actividades para el desarrollo sensorial en la Educación infantil.

— Identificación de las principales alteraciones en el desarrollo sensorial:

• Alteraciones en el desarrollo sensorial.

• Técnicas e instrumentos para realizar la observación y registro de las alteraciones en el desarrollo sensorial de niños.

— Identificación del tratamiento educativo de las alteraciones en el desarrollo sensorial:

• Atención a niños con alteraciones sensoriales. Protocolos de intervención.

• Uso de las tecnologías de la información y comunicación en la intervención educativa de las alteraciones en el desarrollo sensorial. Estrategias, actividades y recursos de intervención en el ámbito motor.

— Identificación de las bases neurofisiológicas del desarrollo motor. El sistema nervioso: central, periférico y autónomo.

13. Estrategias, actividades y recursos de intervención en el ámbito motor.

— Factores que determinan el desarrollo motor. • Externos o exógenos. • Internos o endógenos.

— Las leyes del desarrollo o leyes de maduración.

— Teorías del desarrollo motor. Desarrollo y crecimiento físico. Factores que afectan al desarrollo.

— Desarrollo de los automatismos y la postura corporal:

• Evolución del desarrollo motor del niño de 0 a 6 años.

• Evolución del desarrollo motor de 0 a 6 años: Los reflejos. Control tónico, tono y postura corporal. Evolución de la motricidad. Evolución y desarrollo de la prensión.

• Características motrices del recién nacido.

• El desarrollo motor en el primer año de vida.

• Evolución de la motricidad gráfica o fina y gruesa.

• Estimulación del desarrollo motor.

— Los objetivos de la educación de la motricidad en función de las características y necesidades de los niños de 0 a 6 años.

— Valoración de los espacios seguros para favorecer la movilidad:

• Normativa de seguridad para responder a las necesidades de niños con alteraciones de movilidad.

— Adecuación de los espacios donde se desarrolla la intervención para garantizar la movilidad en condiciones de seguridad.

— Identificación de las principales alteraciones en el desarrollo motor en niños de 0 a 6 años:

• Indicadores para evaluar el desarrollo motor.

• Principales alteraciones en el desarrollo motor:

• Según su origen: Cerebral, muscular y óseo-articular y espinal.

• Según su gravedad: Leves y graves.

• Causas de las alteraciones en el desarrollo motor: Prenatales, perinatales, postnatales.

• Tratamiento educativo en función de las alteraciones en el desarrollo motor de los niños de 0 a 6 años.

• Colaboración con los equipos de atención temprana y específicos en la identificación y tratamiento de las alteraciones en el desarrollo motor.

— Utilización de ayudas técnicas:

• Ayudas técnicas en la intervención educativa, para las alteraciones diagnosticadas del desarrollo motor.

• Uso de las tecnologías de la información y comunicación como ayuda técnica y como recurso de intervención para atender a los niños con alteraciones motoras.

14. Estrategias, actividades y recursos de intervención en el ámbito cognitivo:

— El proceso cognitivo:

• Las funciones cognitivas:

• La inteligencia. Definición.

• Factores que influyen en su desarrollo.

• Intervención temprana y desarrollo intelectual.

• Atención y memoria. · Atención: Concepto, factores de los que depende y tipos.

• Memoria: Tipos, factores que intervienen y procesos.

• El pensamiento.

• Reflexión. Estrategias educativas. Tipos de pensamiento: abstracto (convergente y divergente) y concreto.

• Razonamiento: deductivo e inductivo.

• La creatividad. El pensamiento creativo. Características.

— Relación entre el desarrollo sensorio-motor y cognitivo en la infancia:

• Evolución, influencias culturales y relación entre los diferentes tipos de desarrollo.

— Principales hitos evolutivos en el desarrollo cognitivo.

— Principales teorías sobre el desarrollo cognitivo.

— Principales alteraciones del desarrollo cognitivo y su tratamiento educativo.

— Los objetivos de la intervención educativa en el desarrollo cognitivo:

• Objetivos y desarrollo de la intervención.

• Estrategias, actividades y recursos en el ámbito cognitivo.

• Actividades de estimulación cognitiva con niños de 0 a 6 años.

— Uso de las tecnologías de la información y la comunicación como recurso para el desarrollo cognitivo infantil.

15. Estrategias, actividades y recursos psicomotrices:

— La psicomotricidad: Características y evolución desde el nacimiento hasta los 6 años:

• Planteamientos teóricos de la psicomotricidad.

• Objetivos de la educación psicomotriz.

— La función globalizadora de la psicomotricidad y su desarrollo cognitivo, afectivo y sensorio motriz:

• La psicomotricidad como elemento globalizador en la intervención educativa.

• La práctica psicomotriz como experiencia globalizadora de aprendizajes.

— Análisis del esquema corporal y su evolución.

— Análisis de la motricidad gráfica y su evolución:

• Definición y factores que intervienen: motor, perceptivo y representativo.

• Evolución de la motricidad gráfica.

• Análisis de algunos aspectos psicomotrices: la respiración, el control tónico y el control postural.

— La estructuración espacio-temporal:

• Estructuración espacio-temporal.

• Control práxico: praxias gruesas y praxias finas.

— La lateralidad:

• Características de la lateralidad. Factores que influyen en su desarrollo. Funciones.

— Trastornos psicomotores. Clasificación.

— La práctica psicomotriz:

• Objetivos y contenidos de la práctica psicomotriz para la intervención educativa de 0 a 6 años.

• Principios metodológicos. Recursos y actividades.

• Funciones del educador en las actividades psicomotrices.

• Adaptaciones para alumnos con necesidades educativas especiales.

— Puesta en práctica de actividades de intervención en el ámbito sensorial, motor, cognitivo y psicomotor:

• Organización de espacios y selección de materiales y recursos.

• Respeto por los ritmos evolutivos de los niños.

• Creación de situaciones afectivas de confianza.

— Evaluación del proceso y resultado de la intervención realzada en el ámbito sensorial, motor, cognitivo y psicomotor:

• La evaluación como recurso para la mejora de la intervención.

• Técnicas e instrumentos de evaluación de:

• La intervención.

• El desarrollo en cada ámbito.

16. Análisis del contexto de la intervención educativa:

— Instituciones formales y no formales de atención a la infancia. Tipos. Modelos. Funciones. Características.

— Análisis de la legislación vigente de los servicios de atención a la infancia en el ámbito formal y no formal a nivel europeo, estatal y autonómico.

— El papel del Técnico Superior en Educación Infantil en la intervención educativa.

— La escuela Infantil. Modelos. Funciones. Características.

— Valoración de las tecnologías de la información y comunicación como fuente de información.

17. Diseño de la intervención educativa:

— El currículo, tipos y elementos que lo componen.

— El currículo en Educación Infantil.

— Niveles de concreción del currículo.

— Análisis e identificación de los elementos que componen un proyecto educativo.

— Niveles de planificación de una intervención en el ámbito no formal: plan, programa y proyecto.

— Comparación entre documentos de planificación de instituciones formales y no formales.

— Valoración de la importancia de la planificación en atención a la infancia.

18. Determinación de estrategias metodológicas:

— Modelos didácticos específicos de educación infantil.

— Aportaciones históricas que definen el proceso de enseñanza-aprendizaje.

— Análisis de los principios psicopedagógicos que sustentan los modelos más recientes de Educación Infantil.

— Programación y elaboración de unidades didácticas.

— Comparación de diversas experiencias educativas en niños de 0 a 6 años.

— Valoración de la participación en el trabajo en equipo.

19. Espacios, tiempos y recursos en la intervención educativa:

— Materiales didácticos, espacios y tiempos.

— Normativa reguladora del uso de espacios, recursos y tiempos en la intervención formal y no formal.

— Normativa de seguridad en los espacios dedicados a la atención a la infancia.

— Recursos didácticos: organización espacial y temporal.

— Selección de materiales de acuerdo con la planificación de la intervención educativa.

— Asignación de espacios, tiempos y recursos (materiales y personales) de acuerdo con la planificación de la intervención educativa.

— Accesibilidad a los espacios.

— Sensibilización en la generación entornos seguros.

20. Organización de actividades de educación formal y no formal:

— Transversalidad en Educación Infantil.

— Diseño de actividades que traten la atención a la diversidad y la compensación de desigualdades sociales.

— Análisis y diseño de adaptaciones curriculares.

— Puesta en práctica de las actividades formales y no formales.

— Valoración de la coherencia de la aplicación de actividades formales y no formales.

21. Diseño de la evaluación del proceso de intervención:

— Evaluación: modelos, técnicas e instrumentos.

— Indicadores de evaluación. - Selección y elaboración de instrumentos.

— La observación.

— Interpretación de la información obtenida de los procesos de evaluación.

— Gestión de la calidad en centros educativos.

— Reconocimiento de la necesidad de evaluar el proceso de intervención educativa.

— Predisposición a la autocrítica y autoevaluación.

— Actualización y la formación permanente. Recursos.

22. El juego en los niños de 0 a 6 años:

— Toma de conciencia acerca de la importancia del juego en el desarrollo infantil.

— El juego y el desarrollo infantil.

— El juego y las dimensiones afectiva, social, cognitiva, sensorial y motora.

— Teorías del juego. Tipo y clases.

— Juego y aprendizaje escolar.

— Valoración del juego en la intervención educativa.

23. Proyectos lúdicos y recreativos en la infancia:

— La animación como actividad socioeducativa en la infancia.

— Objetivos y modalidades de la animación infantil.

— Los espacios de juego. Interiores y exteriores. Necesidades infantiles.

— Análisis de los espacios lúdicos y recreativos de las zonas urbanas y rurales.

— Medidas de seguridad en los espacios lúdicos y recreativos.

— Ludotecas.

— Identificación y selección de técnicas y recursos lúdicos.

— Organización de rincones y zonas de juego interiores y exteriores.

— Adaptaciones en los recursos y ayudas técnicas referidas al juego.

24. Actividades de juego:

— Justificación del juego como recurso educativo.

— Clasificación de los juegos: tipos y finalidad.

— Recopilación de juegos tradicionales y actuales.

— Selección de juegos para espacios cerrados y abiertos.

— Los medios y las tecnologías de la información y la comunicación en los juegos infantiles.

— Los roles sociales en los juegos.

25. Recursos lúdicos:

— Funciones del juguete en las distintas etapas del desarrollo infantil.

— Clasificación de los juguetes.

— Selección de juguetes para distintos espacios y edades.

— Disposición, utilización y conservación de los materiales y juguetes.

— La organización de los recursos y los materiales.

— Legislación vigente sobre juguetes: identificación e interpretación de normas de seguridad y calidad.

26. Desarrollo de actividades de juego:

— Actividades extraescolares, de ocio y tiempo libre y de animación infantil.

— Materiales lúdicos y juguetes. Elaboración.

— Preparación y desarrollo de fiestas infantiles, salidas extraescolares, campamentos, talleres y otras actividades recreativas.

— Aspectos organizativos y legislativos.

— La intervención del educador en el juego de los niños.

— Valoración del juego como recurso para la integración y la convivencia.

27. Evaluación de las actividades lúdicas:

— La observación en el juego. Instrumentos.

— Valoración de la importancia del juego en la etapa infantil.

— Identificación de los requisitos necesarios para realizar la observación.

— Diferentes instrumentos de observación.

— Las tecnologías de la comunicación como fuente de información.

28. Gestión del conflicto y equipos de trabajo:

— Equipos de trabajo: concepto, características y fases del trabajo en equipo.

— La comunicación en los equipos de trabajo: escucha activa, asertividad y escucha interactiva (feedback).

— La inteligencia emocional.

— Ventajas e inconvenientes del trabajo de equipo para la eficacia de la organización.

— Equipos de trabajo en el sector en el que se ubica el ciclo formativo según las funciones que desempeñan. Características de eficacia de un equipo de trabajo.

— La participación en el equipo de trabajo: Los roles grupales.

— Dinámicas de trabajo en equipo.

— Conflicto: características, fuentes y etapas.

— Tipos de conflicto.

— Métodos para la resolución o supresión del conflicto: conciliación, mediación, negociación y arbitraje.

— La negociación como medio de superación del conflicto: tácticas, pautas y fases.

29. Contrato de trabajo y relaciones laborales:

— El derecho del trabajo: fuentes y principios.

— Análisis y requisitos de la relación laboral individual.

— Derechos y deberes derivados de la relación laboral.

— El contrato de trabajo: concepto, capacidad para contratar, forma y validez del contrato.

— Modalidades de contrato de trabajo y medidas de fomento de la contratación. El fraude de ley en la contratación laboral.

— El período de prueba, el tiempo de trabajo y otros aspectos relevantes: Análisis en el convenio colectivo aplicable al ámbito profesional del título del ciclo formativo.

— La nómina. Condiciones económicas establecidas en el convenio colectivo aplicable al sector del título.

— Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo: causas y efectos.

— Medidas establecidas por la legislación vigente para la conciliación de la vida laboral y familiar.

— Beneficios para los trabajadores en las nuevas organizaciones: flexibilidad y beneficios sociales, entre otros.

— Representación de los trabajadores: unitaria y sindical.

— Derecho procesal social:

• Plazos de las acciones.

• Conciliación y reclamación previa.

• Órganos jurisdiccionales.

• La demanda y el juicio oral.

— Gestiones a través de Internet en el ámbito laboral.

30. Seguridad Social, empleo y desempleo:

— Estructura del Sistema de la Seguridad Social: Modalidades y Regímenes de la Seguridad Social.

— Principales obligaciones de empresarios y trabajadores en materia de Seguridad Social: afiliación, altas, bajas y cotización.

— Acción protectora de la Seguridad Social: Introducción sobre contingencias, prestaciones económicas y servicios.

— La protección por desempleo: situación legal de desempleo, prestación y subsidio por desempleo.

31. Conceptos básicos sobre seguridad y salud en el trabajo:

— Valoración de la relación entre trabajo y salud.

— Análisis de factores de riesgo.

— Determinación de los posibles daños a la salud del trabajador que pueden derivarse de las situaciones de riesgo detectadas: accidentes de trabajo, enfermedades profesionales, otras patologías derivadas del trabajo.

— Marco normativo básico de la prevención: derechos y deberes en materia de prevención de riesgos laborales.

— Principios y técnicas de prevención de riesgos laborales.

— Responsabilidades y sanciones.

32. Evaluación de riesgos profesionales: riesgos generales y riesgos específicos:

— La evaluación de riesgos en la empresa como elemento básico de la actividad preventiva.

— Los riesgos generales:

• Análisis de riesgos ligados a las condiciones de seguridad.

• Análisis de riesgos ligados a las condiciones ambientales.

• Análisis de riesgos ligados a las condiciones ergonómicas y psico-sociales.

— Los riesgos específicos:

• Riesgos específicos en el sector profesional en el que se ubica el título.

• Consideración de los posibles daños a la salud del trabajador que pueden derivarse de los riesgos específicos del sector profesional.

33. Aplicación de medidas de prevención y protección en la empresa:

— Aplicación de las medidas de prevención:

• Medidas de protección:

• Medidas de protección colectiva. La señalización de seguridad.

• Medidas de protección individual. Los equipos de protección individual.

• Especial protección a colectivos específicos: maternidad, lactancia, trabajadores de una empresa de trabajo temporal, trabajadores temporales.

34. Planificación de la prevención de riesgos en la empresa:

— El Plan de prevención de riesgos laborales:

• Evaluación de riesgos.

• Organización y planificación de la prevención en la empresa:

• El control de la salud de los trabajadores.

• El Plan de autoprotección: Plan de emergencia y de evacuación en entornos de trabajo.

• Elaboración de un plan de emergencia en una pyme.

• Protocolo de actuación ante una situación de emergencia.

— Elementos básicos de la gestión de la prevención en la empresa:

• La gestión de la prevención en la empresa: definición conceptual.

• Organismos públicos relacionados con la prevención de riesgos laborales.

• Representación de los trabajadores en materia preventiva.

• Funciones del prevencionista de nivel básico.

35. Valoración de accidentes y emergencias:

— Primeros auxilios: concepto, definición y objetivos.

— Marco legal. Aspectos éticos y jurídicos. Terminología médico-sanitaria básica en primeros auxilios.

— Actuación del primer interviniente. Límites de su actuación: situaciones y circunstancias en las que no debe intervenir directamente:

• Posibilidades y límites personales, circunstanciales y materiales de su actuación.

— La creación entornos seguros y de autoprotección. Aplicación de técnicas de autoprotección.

— Fundamentos básicos de anatomía y fisiología. Terminología básica.

— Signos y síntomas de urgencia: fiebre, vómitos y diarreas, lipotimias o desmayos, crisis, anafilácticas, ansiedad, síncopes, “shock”.

— Tipos de accidentes:

• Identificación de los accidentes causados por agentes: físicos (eléctricos, frío, calor, radiaciones, cuerpos extraños, tráfico) químicos y biológicos (mordeduras y picaduras).

• Reconocimiento de las consecuencias que provoca el accidente en el accidentado o lesionado.

— Valoración del accidentado:

• Valoración primaria y secundaria.

• Obtención de datos en el accidentado consciente.

— Protocolo de transmisión de la información.

36. Aplicación de técnicas de primeros auxilios:

— El botiquín de primeros auxilios:

• Situación y elementos básicos.

• Revisión y reposición.

— Tratamiento básico de las lesiones y traumatismos más frecuentes:

• Identificación, clasificación y actuación básica en lesiones: heridas, hemorragias, quemaduras e intoxicaciones.

• Identificación y actuación básica en traumatismos: torácicos, craneoencefálicos, de la columna vertebral, síndrome de aplastamiento, politraumatizados, esguinces, contusiones, luxaciones y fracturas.

— Técnicas de inmovilización y transporte:

• Evaluación de la necesidad de traslado del accidentado o enfermo repentino.

• Aplicación de técnicas de inmovilización y transporte con medios convencionales o inespecíficos.

• Posición lateral de seguridad.

• Posiciones de espera y traslado, según lesión o enfermedad repentina.

• Confección de camillas con medios convencionales o inespecíficos.

— Identificación de las técnicas que no son de su competencia por corresponder a otros profesionales.

37. Aplicación de técnicas de soporte vital:

— Identificación y comprobación de signos vitales: consciencia, respiración y pulso.

— Análisis de situaciones de riesgo vital. Identificación y concreción de actuación en situaciones de riesgo vital.

— Desobstrucción de las vías aéreas:

• Obstrucción incompleta y completa de las vías aéreas.

• Aplicación de Maniobra de Heimlich, según edad y características: en menores de un año de vida, persona consciente e inconsciente, embarazada y obesa.

• Técnica para realizar la apertura de las vías aéreas.

— Atención a personas con crisis convulsivas: epilepsia y otros cuadros convulsivos.

— Reanimación cardiopulmonar básica:

• Verificación del pulso carotídeo.

• Identificación y aplicación de las técnicas:

• “Boca a Boca” y “Boca a nariz”.

• “Compresiones torácicas externas”.

• Desfibrilación externa semiautomática (DESA).

38. Aplicación de técnicas de control de estrés y apoyo psicológico:

— Estrategias básicas de comunicación:

• Principios básicos de la comunicación con el accidentado.

• Análisis de los mecanismos de defensa de la personalidad.

• Valoración del papel del primer interviniente.

• Aceptación de las limitaciones en la aplicación no exitosa de primeros auxilios.

— Técnicas facilitadoras de la comunicación interpersonal:

• Utilización de las habilidades sociales.

• Factores que predisponen a la ansiedad en situaciones de accidente o emergencia:

• Sentimientos o estados de indefensión, confusión, desorientación.

• Tensión nerviosa, crisis, estrés, trastorno de pánico, llanto, histeria, duelo.

• Descripción de estrategias de control de estrés.

• Aplicación de técnicas de control emocional.

• Descripción de técnicas de apoyo psicológico y autocontrol.

• Canalización de las situaciones de duelo, ansiedad, angustia y agresividad.

• Receptibilidad en el desarrollo de la comunicación con el accidentado y con sus familiares.

39. Desarrollo afectivo:

— Análisis de las características y la evolución de la afectividad infantil. El apego.

— Teorías explicativas.

— Valoración del papel de la escuela y del educador en el desarrollo afectivo.

— Diseño de estrategias educativas que favorezcan el desarrollo afectivo.

— Planificación del período de adaptación.

— Identificación de los principales conflictos relacionados con la afectividad infantil.

40. Desarrollo social:

— La socialización: proceso y agentes.

— Análisis de la evolución de la sociabilidad en la infancia.

— Teorías explicativas.

— Valoración del papel de la escuela y el educador en el desarrollo social.

— Análisis de programas de habilidades sociales dirigidos a niños de 0 a 6 años.

— Diseño de actividades y estrategias para el desarrollo social.

— Valoración de la importancia de la educación incidental.

— Identificación de los principales conflictos relacionados con el desarrollo social.

41. Desarrollo en valores:

— Análisis de las características y la evolución de la moralidad infantil.

— Teorías explicativas.

— Valoración de la importancia de una formación adecuada del juicio moral.

— Importancia de la adquisición de hábitos de conducta. Normas y límites.

— Diseño de programas, actividades y estrategias para la educación en valores.

42. Desarrollo sexual:

— Análisis del desarrollo sexual en la infancia.

— Teorías explicativas.

— Normativa legal en materia de igualdad de género.

— Valoración de la influencia de los estereotipos en el desarrollo sexual.

— Diseño de programas, actividades y estrategias para la educación sexual y la promoción de igualdad.

— Identificación de los principales conflictos relacionados con el desarrollo sexual.

43. Trastornos de conducta y conflictos más frecuentes:

— Teorías explicativas.

— Análisis de las técnicas e instrumentos para la evaluación y seguimiento de los problemas de conducta habituales en la infancia.

— Identificación de los principales problemas de conducta en la infancia.

— Diseño de programas y estrategias para la intervención en problemas habituales de conducta.

— Análisis de estrategias para la prevención y la resolución pacífica de los conflictos en el aula.

— Valoración del conflicto como medio para el aprendizaje y desarrollo de habilidades interpersonales en los niños.

44. Intervenciones en el ámbito socioafectivo:

— Identificación de las habilidades sociales y actitudes que debe poseer el educador infantil en su relación con los niños.

— Toma de conciencia acerca del papel del educador como modelo de imitación y moldeador de la conducta.

— La relación del educador con los niños.

— El papel del educador en el desarrollo socioafectivo de los niños.

— Análisis de estrategias para favorecer un clima de afecto y confianza.

45. Evaluación de la intervención en el ámbito socioafectivo:

— Valoración de la importancia de la evaluación en el contexto de la intervención en el ámbito socioafectivo.

— La evaluación en el ámbito socioafectivo.

— Análisis de las variables personales y contextuales relevantes para la evaluación en el ámbito socioafectivo.

— Elaboración de instrumentos para la recogida de información sobre el desarrollo afectivo, social, moral y sexual de los niños.

— Elaboración de instrumentos para la evaluación de la intervención.

— Elaboración de informes de evaluación.

46. Estrategias y actividades favorecedoras del desarrollo de la expresión y comunicación:

— Importancia de la comunicación en el desarrollo del niño.

— Expresión y comunicación:

• Factores y mecanismos que intervienen en la comunicación: biológicos, cognitivos y ambientales.

• Evolución del lenguaje infantil.

• Teorías sobre la adquisición del lenguaje.

— Desarrollo expresivo y comunicativo en el niño:

• Importancia del lenguaje en el proceso de socialización.

• La atención, los mensajes expresivos y comunicativos de los niños.

• Indicadores para el desarrollo de la capacidad expresiva.

• Lenguaje y creatividad.

• La expresión y comunicación en el currículo de la Educación Infantil.

— Pautas para el análisis de situaciones comunicativas:

• Competencias comunicativas del niño.

• Caracterización del entorno comunicativo.

• Pautas interactivas y proceso de enseñanza-aprendizaje del lenguaje.

— Bilingüismo y diglosia:

• Perspectivas individual y colectiva del bilingüismo.

• Ordenamiento legal en la Constitución.

— Análisis de las principales alteraciones de la expresión oral:

• Alteraciones de la comunicación, del habla y del lenguaje.

• Sistemas de comunicación alternativa y aumentativa.

• Determinación de pautas de intervención.

47. Recursos de expresión y comunicación dirigidos a los niños:

— La expresión oral. Recursos didácticos para la capacidad expresiva:

• Diálogos, conversación y narración.

• Juegos de lenguaje.

• El cuento. Valor educativo. Tipos de cuentos.

• El juego de imitación y simbólico.

— La expresión corporal:

• El lenguaje de la acción y el gesto.

• La dramatización.

• Estrategias para el desarrollo de la expresión corporal.

— La expresión lógico matemática:

• Desarrollo del pensamiento lógico matemático infantil.

• Aproximación a conceptos lógico matemáticos.

• Selección de estrategias metodológicas.

— La expresión plástica:

• La expresión plástica como medio de comunicación y creatividad.

• Desarrollo infantil a través de la expresión plástica.

• Utilización de recursos para el desarrollo de la expresión plástica.

— La expresión gráfica:

• Evolución de la expresión gráfica en el niño.

• Desarrollo de las habilidades previas al aprendizaje de la escritura y lectura.

• Principios y estrategias metodológicos.

— La expresión musical:

• Sonido y silencio. Las cualidades del sonido.

• El ritmo.

• Instrumentos musicales. Clasificación.

• La canción. La audición musical.

• La educación vocal. Técnicas.

• El folklore y las danzas.

— Organización de los recursos para la expresión y la comunicación en el aula.

— Criterios para la selección y utilización de recursos para la expresión y la comunicación:

• Literatura infantil. Biblioteca de aula.

• Recursos audiovisuales y para la expresión musical y corporal.

• Recursos para el desarrollo de la expresión oral y escrita.

• Las tecnologías de la información y comunicación (TICs) como recurso para el desarrollo de la expresión y comunicación infantil.

48. Actividades favorecedoras del desarrollo de la expresión oral:

— Principales estrategias para el desarrollo de la expresión oral en la infancia:

• Actividades con el lenguaje: dirigidas y funcionales.

• Utilización de: mensajes expresivos y comunicativos, la atención y la escucha.

• Utilización del lenguaje de forma globalizada.

• Respuesta y apoyo a las iniciativas comunicativas y verbales de los niños.

— Observación del desarrollo lingüístico de los niños.

— Elaboración de materiales favorecedores del desarrollo de la expresión oral.

— Respeto por la lengua materna de los niños.

— Programas de intervención en situaciones de bilingüismo y diglosia.

49. Actividades favorecedoras del desarrollo de otros tipos de expresión:

— Valoración de los diferentes modos de expresión de los niños.

— Estrategias para el desarrollo de la expresión: plástica, gráfica, rítmico-musical y corporal en la infancia.

— Elaboración de materiales favorecedores del desarrollo de la expresión plástica, gráfica, rítmicomusical y corporal.

50. Evaluación de la intervención realizada en el ámbito de la expresión y la comunicación:

— Importancia de la evaluación como recurso para la mejora de la intervención.

— La observación de los diferentes tipos de expresión en los niños.

— Instrumentos de observación de la expresión y de la comunicación en los niños. Diseño y selección.

— Evaluación de programas de intervención en el ámbito de la expresión y comunicación con niños:

• Técnica de toma de datos.

• Interpretación de los datos obtenidos.

• Elaboración de informes. Estructura y contenido.

• Plan de mejora.

51. Técnicas que favorezcan la relación social y la comunicación:

— Habilidades sociales y conceptos afines.

— La inteligencia emocional. La educación emocional. Las emociones y los sentimientos.

— El proceso de comunicación. La comunicación verbal y no verbal.

— Análisis de la relación entre comunicación y calidad de vida en los ámbitos de intervención.

— Valoración comunicativa del contexto: facilitadores y obstáculos en la comunicación.

— Valoración de la importancia de las actitudes en la relación de ayuda.

— Los mecanismos de defensa.

— Programas y técnicas de comunicación y habilidades sociales.

52. Dinamización del trabajo en grupo:

— El grupo. Tipos y características. Desarrollo grupal.

— Análisis de la estructura y procesos de grupos.

— Técnicas para el análisis de los grupos.

— Valoración de la importancia de la comunicación en el desarrollo del grupo.

— La comunicación en los grupos. Estilos de comunicación. Comunicación verbal y gestual. Otros lenguajes: icónico, audiovisual, las TICs. Obstáculos y barreras. Cooperación y competencia en los grupos.

— Dinámicas de grupo. Fundamentos psicosociológicos aplicados a las dinámicas de grupo.

— El equipo de trabajo. Estrategias de trabajo cooperativo. Organización y el reparto de tareas.

— El trabajo individual y el trabajo en grupo.

— La confianza en el grupo.

— Valoración del papel de la motivación en la dinámica grupal.

— Toma de conciencia acerca de la importancia de respetar las opiniones no coincidentes con la propia.

53. Conducción de reuniones:

— La reunión como trabajo en grupo.

— Tipos de reuniones y funciones.

— Etapas en el desarrollo de una reunión.

— Identificación de la tipología de participantes en una reunión.

— Análisis de factores que afectan al comportamiento de un grupo: boicoteadores, colaboradores…

— Técnicas de moderación de reuniones.

54. Gestión de conflictos y toma de decisiones:

— Valoración del conflicto en las dinámicas grupales.

— Análisis de técnicas de resolución de problemas.

— El proceso de toma de decisiones.

— Gestión de conflictos grupales. Negociación y mediación.

— Aplicación de las estrategias de resolución de conflictos grupales.

— Valoración del papel del respeto y la tolerancia en la resolución de problemas y conflictos.

55. Evaluación de la competencia social y los procesos de grupo:

— Recogida de datos. Técnicas.

— Evaluación de la competencia social.

— Evaluación de la estructura y procesos grupales.

— Aplicación de las técnicas de investigación social al trabajo con grupos.

— Análisis de estrategias e instrumentos para el estudio de grupos.

— Sociometría básica.

— Valoración de la autoevaluación como estrategia para la mejora de la competencia social.

— Análisis y proceso de formación inicial y a lo largo de la vida del educador infantil.

56. Programas y actividades de intervención socioeducativa con menores:

— Infancia.

— Legislación sobre la infancia: derechos y protección.

— Organismos internacionales relacionados con la infancia.

— La protección a menores. Aspectos jurídicos. Recursos de intervención.

— Valoración de los programas y servicios de atención a la infancia como respuesta a diversas situaciones familiares.

— Programas de carácter asistencial y de apoyo a menores en situación de riesgo.

— Toma de conciencia acerca de la influencia del concepto de infancia en la definición de los modelos de intervención.

57. Programas y actividades de intervención con familias:

— Familia. Evolución.

— La importancia de la colaboración de las familias en el proceso socio-educativo de los niños.

— Modelos de intervención con las familias.

— La intervención con las familias en los ámbitos educativo y social. Servicios y programas.

— Análisis de los aspectos legales de la intervención con familias.

— Identificación de las situaciones de riesgo social en familias. Prevención.

— El maltrato infantil. Detección y notificación del maltrato infantil.

58. Programas y actividades socioeducativas con menores:

— Los documentos de un centro de menores: proyecto educativo de centro y proyecto educativo individual.

— Análisis de estrategias metodológicas.

— El ingreso en el centro.

— Toma de conciencia de la necesidad de coordinación y el trabajo en equipo con otros profesionales.

— Funciones y tareas del educador infantil en los servicios sociales de atención a la infancia.

— Coordinación con el equipo de trabajo y otros profesionales.

59. Programas, actividades y estrategias de intervención con familias:

— Papel y actitudes del educador infantil en la intervención con familias.

— La entrevista. Elaboración y realización de entrevistas.

— Organización de reuniones con las familias.

— Valoración del papel de las actitudes y habilidades del educador en la realización de entrevistas y reuniones.

— Materiales para el trabajo con las familias. Modelos.

— Problemas frecuentes en las relaciones con las familias.

60. Evaluación de la intervención socioeducativa con menores:

— Los sistemas de calidad en los servicios sociales de atención a la infancia.

— Valoración de la importancia de la coordinación y el trabajo en equipo en la evaluación de la intervención.

— Características de la evaluación en el ámbito socio-educativo.

— Análisis de las variables personales y contextuales relevantes para la evaluación.

— Instrumentos para la recogida de información. Modelos.

— Instrumentos para la evaluación de la intervención socioeducativa. Modelos.

— Informes del proceso de evaluación.

61. Evaluación de la intervención con familias:

— Instrumentos para la recogida de información. Modelos.

— Instrumentos para la evaluación de la intervención. Modelos.

— Informes.

— Valoración de la importancia de la confidencialidad de la información en la intervención familiar.

En Bustarviejo, a 28 de noviembre de 2018.— El alcalde-presidente, Raúl San Juan López.

(02/38.525/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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