Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 300

Fecha del Boletín 
17-12-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181217-83

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 34

83
Madrid número 34. Procedimiento 66 de 2015, notificación a SC Diamant Servimpex, S. R. L.

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 66 de 2015, entre Ente Público RTVE en liquidación y “SC Dimant Servimpex, S. R. L.”, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 129 de 2017

En Madrid, a 6 de abril de 2017.—El ilustrísimo señor José Luis Vallés Abenia, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 34 de esta ciudad, habiendo visto los presente autos de juicio declarativo ordinario en reclamación de cantidad promovidos a instancias de Ente Público RTVE en liquidación, a través de la Abogacía del Estado contra “SC Diamant Servimpex, S. R. L.”.

Fallo

Que estimando la demanda promovida por Ente Público RTVE en liquidación contra “SC Dimant Servimpex, S. R. L.”, debo condenar y condeno a la demandada al pago de la suma de 6.250 euros más los intereses legales desde la fecha de la interpelación judicial y las costas del proceso.

Notifíquese la presente resolución.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, previa la consignación de los depósitos y tasas exigibles.

Notifíquese la presente resolución.

Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, la pronuncio, mando y firmo.

Públicación

La anterior sentencia ha sido leída, dada y publicada por el ilustrísimo señor juez que la suscribe, habiéndose celebrado audiencia pública el día de su fecha. Doy fe.

Madrid, 2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/39.519/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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