Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 292

Fecha del Boletín 
07-12-2018

Sección 1.3.36.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181207-21

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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RESOLUCIÓN de 22 de noviembre de 2018, del Director General de Administración Local, sobre la supresión del puesto de colaboración, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, denominado Viceintervención del Ayuntamiento de Collado Mediano.

Visto el expediente remitido por el Ayuntamiento de Collado Mediano mediante escrito de fecha 20 de noviembre de 2018, remite la documentación relativa a la supresión del puesto de colaboración denominado Viceintervención, reservado a funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, que actualmente se encuentra vacante.

Visto que en el expediente consta certificado de Secretaría del acuerdo de Pleno de fecha 18 de enero de 2018, de aprobación inicial de modificación de la plantilla de personal, que aprueba la amortización del puesto de Viceintervención, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional; Certificado de Secretaría de no presentación de alegaciones a la fase de exposición pública de la modificación de la plantilla de personal, Certificado de Secretaría del Acuerdo de Pleno de fecha 15 de noviembre de aprobación definitiva de la modificación de la plantilla de personal, de amortización del puesto de Viceintervención, reservado a funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.

Visto que dichos puestos se definen como aquellos que las Corporaciones Locales pueden crear discrecionalmente para el ejercicio de las funciones de colaboración inmediata a las de Secretaría, Intervención y Tesorería correspondiendo su clasificación a las Comunidades Autónomas.

Visto que el artículo 15 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, establece en su apartado primero, “Las Entidades Locales podrán crear otros puestos de trabajo que tengan atribuidas funciones de colaboración inmediata y auxilio a las de Secretaría, Intervención y Tesorería. Estos puestos de trabajo estarán reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional y ejercerán sus funciones bajo la dependencia funcional y jerárquica del titular de la Secretaría, Intervención o Tesorería, respectivamente.

Visto que el artículo 15.3 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, le atribuye a las Comunidades Autónomas la clasificación de los puestos de colaboración.

De conformidad con lo expuesto, la competencia para la supresión del puesto de colaboración le corresponde al Ayuntamiento, de conformidad con lo previsto en el artículo 15 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, “en virtud de su potestad de autoorganización, al poder ser creados discrecionalmente por las Entidades Locales y, por ende, poder suprimirlos, dado que no son puestos obligatorios”. Mientras, que la competencia para su clasificación le corresponde a la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo previsto en el artículo 15.3 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, limitándose a determinar la subescala y categoría que corresponde al puesto, y esta se realizará a propuesta del Ayuntamiento en base a parámetros de presupuesto y población que se determinan en el propio artículo 15, y debiendo publicarse en los diarios oficiales correspondientes.

Así pues, que en relación al expediente de supresión del puesto de colaboración denominado Viceintervención del Ayuntamiento de Collado Mediano, se debe concluir que la competencia para la supresión del puesto corresponde al propio Ayuntamiento, mientras que la clasificación le corresponde a la Comunidad de Madrid.

Visto que el expediente reúne los requisitos objetivos establecidos.

Considerando que esta Dirección General es competente para la resolución de este expediente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 58/2018, de 21 de mayo; Decreto 59/2018, y Decreto 152/2018, de 16 de octubre, por el que se modifica el Decreto 152/2018, de 16 de octubre, que modifica el Decreto 87/2018, de 12 de junio.

HE RESUELTO

1. Dar publicidad en virtud de las competencias de clasificación atribuidas a la Comunidad Autónoma en los artículos 15 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, al acuerdo de supresión del puesto de colaboración de Viceintervención del Ayuntamiento de Collado Mediano, adoptado por dicho Ayuntamiento, mediante acuerdo de pleno de fecha 15 de noviembre de 2018, en virtud de las competencias que le atribuye del artículo 15 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.

2. Publicar esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

3. Comunicar la presente Resolución al Ministerio de Política Territorial y Función Pública, a los efectos que sean procedentes.

4. Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejera de Presidencia o ante el Director General de Administración Local en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro que estime pertinente en defensa de sus derechos.

Madrid, a 22 de noviembre de 2018.—El Director General de Administración Local, Juan Ignacio Merino de Mesa.

(03/38.560/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.36.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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