Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 283

Fecha del Boletín 
27-11-2018

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181127-113

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 5

113
Navalcarnero número 5. Procedimiento 1.221 de 2015, notificación a Ismael Ruiz Oyola

EDICTO

Doña Ana María Noriega Tamboleo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia e instrucción número 5 de Navalcarnero.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.221 de 2015, instados por la procuradora, doña Alicia Oliva Collar, en nombre y representación de “Banco Popular Español, Sociedad Anónima”, contra don Ismael Ruiz Oyola, en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado, en fecha 20 de enero de 2017, sentencia cuya parte dispositiva es la siguiente:

Estimar la demanda interpuesta por la procuradora, doña Alicia Oliva Collar, en nombre y representación de “Banco Popular Español, Sociedad Anónima” contra “Plamotec, Sociedad Limitada Unipersonal”, don Ismael Ruiz Oyola y doña Vanessa Cárdena Fernández, condenando a los demandados al pago de 96.447,23 euros, con los intereses pactados desde la fecha de interposición de la demanda, devengando el global que resulte el interés legal elevado en dos puntos, hasta la completa satisfacción del actor y al abono de las costas procesales causadas en este procedimiento.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, don Ismael Ruiz Oyola, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Navalcarnero, a 3 de septiembre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/36.705/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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