Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 248

Fecha del Boletín 
17-10-2018

Sección 1.2.95.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181017-20

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, VIVIENDA E INFRAESTRUCTURAS

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ORDEN de 2 de octubre de 2018, de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, por la que se procede a designar nueva Vocal representante de las empresas de transporte de mercancías y de actividades auxiliares y complementarias del transporte, en la Junta Arbitral del Transporte de la Comunidad de Madrid.

Mediante Decreto 42/1991 de 24 de mayo, modificado por Decreto 18/2006, de 9 de febrero, se constituyeron en la Comunidad de Madrid las Juntas Arbitrales del Transporte.

De conformidad con lo que se establece en el artículo 2 del citado Decreto, el nombramiento de los Vocales se efectuará mediante Orden de la Consejería con competencias en materia de transportes, a propuesta de la Dirección General de Transportes, disponiendo el artículo 3 de dicho texto legal que los representantes de las empresas de transporte de mercancías o de actividades auxiliares y complementarias de éste, serán nombrados según designación efectuada por la sección o secciones afectadas del Departamento de Transporte de Mercancías del Comité Madrileño de Transporte por Carretera.

Por lo expuesto, en uso de mis atribuciones, y a la vista de la propuesta formulada por la Dirección General de Transporte,

DISPONGO

Nombrar a doña Esther Castillejo Ontoso como Vocal de la Junta Arbitral de Transporte de Mercancías de la Comunidad de Madrid, en sustitución de doña Marta Covarrubias Herrera, a quien se cesa en dicho cargo.

Madrid, 2 de octubre de 2018.

La Consejera de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, ROSALÍA GONZALO LÓPEZ

(03/32.459/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.95.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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