Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 248

Fecha del Boletín 
17-10-2018

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181017-109

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALICANTE NÚMERO 1

109
Alicante número 1. Procedimiento 71 de 2017, notificación a Falcon Contratas y Seguridad, S. A.

EDICTO

JOSÉ AGUSTÍN RIFÉ FERNÁNDEZ-RAMOS, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE ALICANTE.

POR MEDIO DEL PRESENTE EDICTO HACE SABER:

Que en el procedimiento que se sigue en este Juzgado de lo Social con el nº 000071/2017 por Cantidades instado por JUANA CARMEN GAMEZ DEL CAMPO frente a FOGASA, PROTECCION Y SEGURIDAD TECNICA SA y FALCON CONTRATAS Y SEGURIDAD SA se ha dictado sentencia de fecha 20/09/2018, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

“ FALLO:

Desestimo la demanda presentada por Doña Juana Carmen Gámez del Campo frente a Falcon Contratas y Seguridad Sa y Proteccion y Seguridad Técnica SA, al estimar excepciones de inadecuación de procedimiento, caducidad de la acción, falta de acción respecto de Protección y Seguridad Técnica SA y falta de legitimación pasiva de ésta, absolviendo a las demandadas de la pretensión deducida frente a ellas en la demanda.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que frente a ella cabe recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, por medio de este Juzgado, dentro del plazo de cinco días.

Así por esta mi Sentencia, la pronuncio, mando y firmo. Publíquese.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que el Recurso procedente contra la misma es el de SUPLICACION, ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Valencia, anunciándolo en este Juzgado de lo Social, en el término de CINCO DIAS hábiles a partir del siguiente de notificación de la resolución, debiendo acreditar el recurrente, excepto el trabajador o el que goce de beneficio de justicia gratuita, haber ingresado la cantidad objeto de condena en la cuenta corriente nº 0111 clave 65 (pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario), con indicación del número de procedimiento, la cantidad objeto de condena, y haber consignado, como depósito en efectivo la suma de 300 Euros. En la cuenta corriente nº 0111 clave 67, ambas en el SANTANDER sucursal sita en la Avenida Aguilera 37-39-41, Alicante.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo el Ilmo/a. Sr/a. D/ña. MARIA PILAR MARIN ROJAS, Magistrado/a-Juez del Juzgado de lo Social Nº Uno de Alicante. Firmado y Rubricado. Es copia. EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

Y PARA QUE SIRVA DE NOTIFICACIÓN A LA EMPRESA FALCON CONTRATAS Y SEGURIDAD S.A CUYO PARADERO ACTUAL SE DESCONOCE Y EL ÚLTIMO CONOCIDO LO FUE EN C/ RONDA PONIENTE 13 CP 28760 TRES CANTOS expido el presente en Alicante a veinticuatro de septiembre de dos mil dieciocho para su inserción en el B.O.P.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/30.914/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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