Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 246

Fecha del Boletín 
15-10-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20181015-71

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 22

71
Madrid número 22. Procedimiento 195 de 2017, notificación a Mohammed Messaoud Dadi

EDICTO

Don Carlos Beltra Cabello, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 22 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de familia. Modificación de medidas supuesto contencioso número 195 de 2017, instados por el procurador, don José Ramón Pardo Martínez, en nombre y representación de doña María del Pilar Jiménez Sanz contra don Mohammed Messaoud Dadi, en los que se ha dictado, en fecha 16 de julio de 2018, sentencia cuyo fallo es el siguiente:

Que estimando como estimo la demanda promovida por el procurador de los tribunales, don José Ramón Pardo Martínez, en nombre y representación de doña María del Pilar Jiménez Sanz, contra don Mohammed Messaoud Dadi, sobre modificación de medidas, de la sentencia de divorcio dictada por este Juzgado el 4 de diciembre de 2009 (autos de divorcio mutuo acuerdo número 694 de 2009), en el sentido de atribuir el ejercicio exclusivo de la patria potestad sobre el hijo común, Idir-Pabño Messaoud Jiménez, a la madre, con el fin de que aquella pueda realizar todas las funciones inherentes a la misma (tales como escolarización, expedición de documento nacional de identidad, pasaporte, autorización de salida del territorio nacional, etcétera). Todo ello sin perjuicio de que la titularidad de la patria potestad sea ostentada por ambos progenitores.

No procede especial pronunciamiento de costas a ninguna de las partes litigantes.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2450-0000-35-0195-17 de esta oficina judicial, de la cuenta general de depósitos y consignaciones abierta en “Banco Santander”.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera instancia número 22 de Madrid, y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos, 2450-0000-35-0195-17.

No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (Ley Orgánica 1/2009 Disposición Adicional 15).

Así, por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, don Mohammed Messaoud Dadi, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 12 de septiembre de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/31.075/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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