Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 220

Fecha del Boletín 
14-09-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180914-46

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 92

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Madrid número 92. Procedimiento 3 de 2017, notificación a Tableros de Partículas, S. A. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En los autos número 3 de 2017 se ha dictado la resolución, cuyo tenor literal dice:

Sentencia número 120 de 2018

En Madrid, a 7 de junio de 2018.—Vistos por la ilustrísima señora doña María del Mar Ilundain Minondo, magistrada titular del Juzgado de primera instancia número 92 de Madrid, los autos de juicio ordinario número 3 de 2017, promovidos por “Iberdrola Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal” como parte demandante, representada por el procurador don José Luis Martín Jaureguibeitia y dirigida por el letrado don Antonio Muñoz-Murillo Quirós, contra “Colectivo Maderero, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora doña Andrea de Dorremochea Guiot y dirigida por la letrada doña Elena Gómez Barajas, y contra “Tableros de Partículas, Sociedad Anónima Laboral” en rebeldía.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por “Iberdrola Distribución, Sociedad Anónima Unipersonal”:

i) Declaro la obligación de la sociedad “Tableros de Partículas, Sociedad Anónima Laboral” de otorgar escritura pública a favor de “Iberdrola Distribución, Sociedad Anónima Unipersonal”, como sucesora de “Hidroeléctria Española, Sociedad Anónima”, por la que se documente la segregación, compraventa y constitución de servidumbre, pactada en el contrato privado suscrito entre las partes con fecha de 20 de abril de 1970, en relación con siguiente parcela: «Parcela de terreno en el término municipal de Talavera de la Reina, al sitio denominado de “Torrehierro”. Tiene una superficie de 5.250 metros cuadrados. Linda al norte o frente, en línea de 75 metros, por donde a su vez tiene la entrada, con franja de terreno de la finca matriz, paralela a la carretera nacional Madrid-Badajoz y afectada en parte por su zona de influencia, siendo dicho lindero norte, paralelo a la carretera y distando de la misma 30 metros; por el este o izquierda entrando, en línea de 70 metros, con el resto de la parcela de la que se segrega; por el sur o testeto, en línea de 75 metros, con finca de don Alfredo Pla y Ruiz; y por el oeste o derecha entrando, en línea de 70 metros, con camino de Gamonal a Las Herencias». La finca matriz de la parcela descrita es la finca número 3.000 del Registro de la Propiedad número 3 de Talavera de la Reina.

ii) Tengo a la parte actora por desistida de la pretensión formulada en la demanda contra la sociedad “Colectivo Maderero, Sociedad Anónima”.

iii) Condeno a “Tableros de Partículas, Sociedad Anónima Laboral” al pago de las costas, salvo las causadas por la demandada “Colectivo Maderero, Sociedad Anónima” que se imponen a la actora.

Notifíquese esta resolución a las partes y hágase saber que la misma no es firme y que cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de veinte días a partir del día siguiente a su notificación.

Y como consecuencia del ignorado paradero de “Tableros de Partículas, Sociedad Anónima Laboral”, con CIF A-45003985, se extiende la presente para que sirva de notificación.

En Madrid, a 25 de julio de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/28.332/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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