Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 213

Fecha del Boletín 
06-09-2018

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180906-18

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible

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Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible. Plan parcial María de Molina

El excelentísimo Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 24 de julio de 2018, adoptó el siguiente acuerdo:

«Primero.—Estimar parcialmente la alegación formulada por particular durante el trámite de información pública, en los términos señalados en el informe técnico de la Subdirección General de Planeamiento Urbanístico de 18 de mayo de 2018.

Segundo.—Aprobar definitivamente el Plan Parcial de Reforma Interior del Área de Planeamiento Remitido 05.04, “María de Molina”, del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, promovido por la totalidad de los propietarios del ámbito, Distrito de Chamartín, con las modificaciones introducidas en el documento tras el trámite de información pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 57 y 62.2 de la citada Ley.

Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 de la citada Ley 9/2001, con indicación de haberse procedido previamente a su depósito en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística».

Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que ha sido remitido, con fecha 17 de agosto de 2018, un ejemplar del Plan Parcial al Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio y que el transcrito acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que se pueda utilizar cualquier otro recurso que se estime pertinente para la defensa de sus derechos.

Madrid, a 21 de agosto de 2018.—El secretario general de Pleno, PD (Resolución de 31 de julio de 2017), el subdirector general de Asistencia Institucional (Secretaría General del Pleno), Francisco Javier Colino Gil.

(02/27.755/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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