Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 212

Fecha del Boletín 
05-09-2018

Sección 1.4.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180905-19

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA

19
ORDEN de 19 de julio de 2018, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se dispone ampliar hasta el 31 de diciembre de 2024 la cesión gratuita de uso de 10 hectáreas de terreno y varios locales de la finca “La Chimenea”, ubicada en la carretera de Chinchón a Villaconejos, M-305, en los términos municipales de Aranjuez y Colmenar de Oreja, propiedad de la Comunidad de Madrid, a favor de la Asociación de Desarrollo Rural Aranjuez-Comarca de Las Vegas (ARACOVE).

La Asociación de Desarrollo Rural Comarca de Las Vegas y Alcarria de Alcalá (ARACOVE) es una Asociación sin ánimo de lucro, compuesta por los 30 municipios de la zona sureste de la Comunidad de Madrid, además de otros 48 agentes económicos y sociales, públicos o privados del territorio. Se constituye, desde su creación en 1995, como un Grupo de Acción Local que busca establecer un modelo de desarrollo armónico a través de la dinamización del tejido social y económico de la zona, con el fin de ser uno de los motores del desarrollo rural.

Para el desarrollo de sus fines, desde 1999 se ha cedido gratuitamente a esa Asociación el uso de 10 hectáreas de terreno y varios a través del Acuerdo de Consejo de Gobierno de 30 de diciembre de 1999, las Órdenes de la Consejería competente en materia de Hacienda de 24 de septiembre de 2001, de 12 de noviembre de 2004 y 4 de enero de 2010. Actualmente el uso gratuito por ARACOVE de esos terrenos e instalaciones se ampara en la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 4 de diciembre de 2013, por la que se amplió el derecho de uso hasta el 31 de de diciembre de 2019.

Por parte de ARACOVE se ha solicitado una nueva ampliación del plazo de esa cesión de uso gratuita hasta el 31 de diciembre de 2024 al objeto de realizar los proyectos que está desarrollando.

El Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA), Organismo Autónomo de carácter mercantil dependiente de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, competente en materia de investigación en los ámbitos agrícola, ganadero y alimentario, apoyo a la investigación y el desarrollo rural y transferencia de tecnología y conocimientos y a quien se encuentra adscrita la referida finca, por entender que existen motivos de “utilidad pública o interés social” ha informado favorablemente la petición de ARACOVE y propuesto la ampliación del plazo de esa cesión de uso gratuita.

En virtud de lo expuesto, a la vista de la documentación e informes que conforman el expediente, en atención a la solicitud de la ARACOVE y de la conformidad con la misma del Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA), de acuerdo con el informe emitido por la Dirección General Contratación, Patrimonio y Tesorería y al amparo de lo establecido en el artículo 56 de la Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 14 de la Orden de 22 de febrero de 2008, de la Consejería de Hacienda, por la que se adoptan los criterios y directrices para la formación, actualización y valoración del Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad de Madrid.

DISPONGO

Primero

Ampliar hasta el 31 de diciembre de 2024 la cesión gratuita de uso de 10 hectáreas de terreno y varios locales de la finca “La Chimenea”, ubicada en la carretera de Chinchón a Villaconejos, M-305, en los términos municipales de Aranjuez y Colmenar de Oreja, propiedad de la Comunidad de Madrid, a favor de la Asociación de Desarrollo Rural Aranjuez- Comarca de Las Vegas (ARACOVE) en los mismos términos que figuran en la Orden de 4 de diciembre de 2013 y en el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 30 de diciembre de 1999.

Segundo

Corresponde al Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario ejercer la tutela de la presente cesión de uso, debiendo remitir cada dos años a la Dirección General de Contratación, Patrimonio y Tesorería un informe en el que se haga constar que el cesionario continúa haciendo uso del objeto de cesión conforme a las condiciones previstas en esta Orden.

Tercero

La presente Orden se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se notificará a la Asociación de Desarrollo Rural Aranjuez-Comarca de Las Vegas (ARACOVE) y se comunicará a al Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario.

Madrid, a 19 de julio de 2018.

La Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, ENGRACIA HIDALGO TENA

(03/27.748/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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