Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 187

Fecha del Boletín 
07-08-2018

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180807-89

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5

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Madrid número 5. Procedimiento 379 de 2018, notificación a Grupo Mugo, S. L. y otros

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA JOSÉ VILLAGRAN MORIANA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 05 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 379/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JOSE MANUEL BASCONES SIDERA frente a D./Dña. RICARDO-JOSE GUERRA CUASPA, GESTION E INVERSION MUÑOZ HORCAJO, S.L., FOGASA y GRUPO MUGO, S.L. sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA NUMERO 235/18

EN NOMBRE DEL REY

En Madrid a catorce de junio de dos mil dieciocho

VISTOS por la Ilustrísima Sra. DOÑA ANGELA MOSTAJO VEIGA, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social nº 5 de los de Madrid los presentes autos sobre DESPIDO siendo partes en los mismos, de una como demandante D. JOSÉ MANUEL BASCONES SIDERA asistido por el Letrado D. Santos Mercader de la Fuente y de otra como demandadas GRUPO MUGO SL, GESTIÓN E INVERSIÓN MUÑOZ HORCAJO SL y D. RICARDO JOSÉ GUERRA CUASPA que no comparecen, con citación del FONDO DE GARANTÍA SALARIAL que no comparece.

FALLO

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por D. JOSÉ MANUEL BASCONES SIDERA contra GRUPO MUGO SL, GESTIÓN E INVERSIÓN MUÑOZ HORCAJO SL y D. RICARDO JOSÉ GUERRA CUASPA, con citación del FONDO DE GARANTÍA SALARIAL debo declarar IMPROCEDENTE el despido del actor, declarando EXTINGUIDA con esta fecha la relación laboral entre las partes y condenado conjunta y solidariamente a GRUPO MUGO SL y GESTIÓN E INVERSIÓN MUÑOZ HORCAJO SL a que abonen al actor en concepto de indemnización la suma de 1154,19 euros, más otros 458,26 euros en concepto de salarios de tramitación. Se absuelve a D. RICARDO JOSÉ GUERRA CUASPA.

Notifíquese la presente resolución a las partes con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular RECURSO DE SUPLICACIÓN al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los CINCO DÍAS siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de parte o de su abogado, o representante al hacerle la notificación de aquella, de su propósito de entablarlo o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado, o su representante dentro del plazo indicado.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena así como el depósito de 300 EUROS en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que tiene abierta este Juzgado con el número ES 55 0049 3569 92 000500 1274 en el BANCO DE SANTANDER, haciendo constar en el ingreso: concepto 2503 0000 00 nº de autos (4 cifras), año.

Así por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.—Leída y publicada fue la anterior Sentencia en el día de su fecha por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez DOÑA ANGELA MOSTAJO VEIGA que la suscribe, en la Sala de Audiencias de este Juzgado. Doy fe.

DILIGENCIA.—Seguidamente se notifica la anterior resolución a las partes, por medio del Correo Certificado con acuse de recibo, conteniendo los sobres remitidos copia de la Sentencia dictada y Cédula de notificación. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GRUPO MUGO, S.L., GESTION E INVERSION MUÑOZ HORCAJO, S.L. y D./Dña. RICARDO-JOSE GUERRA CUASPA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a trece de julio de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/24.743/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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