Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 178

Fecha del Boletín 
27-07-2018

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180727-92

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE RIVAS-VACIAMADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

92
Rivas-Vaciamadrid. Organización y funcionamiento. Delegación competencias

El señor alcalde-presidente, mediante decreto de Alcaldía 3528/2018, de 21 de junio, ha dictado la siguiente resolución que literalmente transcrita dice:

Vistos los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículo 43 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Vistos los decretos de Alcaldía-Presidencia 3796/2015, de 16 de junio, y 2145/2017, de 24 de mayo.

Considerando la necesidad de reorganizar la delegación de competencias en materia urbanística y en uso de las facultades que me otorga el ordenamiento jurídico, artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículo 43 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, he resuelto:

Primero.—En el Decreto 2145/2017, de 24 de mayo, en el resolutivo segundo sustituir: “Iniciar e instruir los expedientes de restauración de la legalidad urbanística proponiendo, en su caso la adopción de acuerdo de orden de ejecución, demolición, clausura de actividades y ejecución sustitutoria; dictar en estos procedimientos las ordenes de legalización y paralización de obras que procedan y asimismo proponer la incoación de los correspondientes expedientes sancionadores”, por: “Iniciar, instruir y resolver los expedientes de restauración de la legalidad urbanística que no impliquen la demolición de lo ejecutado decretando, en su caso, las correspondientes órdenes de ejecución, clausura de actividades y ejecución sustitutoria que correspondan.

Iniciar e instruir los expedientes de restauración de la legalidad urbanística que impliquen la demolición de lo ejecutado proponiendo, en su caso la adopción de acuerdo de demolición así como inicio de la ejecución sustitutoria en caso de incumplimiento.

Dictar en todos los procedimientos de restauración de la legalidad urbanística las ordenes de legalización y paralización de obras que procedan y, asimismo, proponer la incoación de los correspondientes expedientes sancionadores”.

Segundo.—En el decreto 3796/2015, de 16 de junio, en el resolutivo segundo A) sustituir: “La resolución de los expedientes sancionadores urbanísticos que contemplen la demolición de lo ejecutado”, por: “La resolución de los expedientes urbanísticos que contemplen la demolición de lo ejecutado”.

Tercero.—Notificar a la Concejalía-Delegada de Urbanismo, al coordinador de Área de Ciudad Sostenible, al coordinador de Servicio de Urbanismo, a la jefa de los Servicios Técnicos de Urbanismo y a los técnicos jurídicos de la Concejalía de Urbanismo.

Cuarto.—Publicar la presente resolución y dar cuenta al Pleno.

Rivas-Vaciamadrid, a 3 de julio de 2018.—El alcalde-presidente, Pedro del Cura Sánchez.

(03/24.821/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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