Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 176

Fecha del Boletín 
25-07-2018

Sección 1.3.220.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180725-21

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS

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EXTRACTO de Resolución de 26 de junio de 2018, del Consejo Social de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se convocan becas para la realización de másteres universitarios oficiales en la Universidad Rey Juan Carlos durante el curso académico 2018-2019, cuya finalidad es fomentar la excelencia en los estudios de posgrado en la URJC.

BDNS (Identif.): 406447

Extracto de la Resolución del Consejo Social de la Universidad Rey Juan Carlos becas para la realización de másteres universitarios oficiales en la Universidad Rey Juan Carlos durante el curso académico 2018-2019, cuya finalidad es fomentar la excelencia en los estudios de posgrado en la Universidad Rey Juan Carlos.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero

Beneficiarios

Podrán optar a esta beca los alumnos de máster universitario de la Universidad Rey Juan Carlos que reúnan los siguientes requisitos:

Requisitos Generales: Estar matriculado al menos de 60 créditos en estudios de másteres oficiales de la Universidad Rey Juan Carlos en el curso 2018-2019.

Haber satisfecho las tasas de matrícula en la Universidad Rey Juan Carlos correspondientes al curso 2018-2019.

No haber recibido una beca o ayuda, pública o privada, para la misma finalidad, en el marco de distintas convocatorias nacionales durante el mismo curso académico.

Poseer una calificación media en la titulación universitaria que de acceso a los estudios de Máster Universitario de, al menos, 7,5 puntos.

Segundo

Objeto

La ayuda se destinará a cubrir total o parcialmente la matrícula del curso académico del estudiante.

Las becas consisten en una dotación de 2.000 euros. Este importe será ingresado en el número de cuenta del beneficiario con las retenciones previstas en legislación vigente.

Tercero

Bases Reguladoras

La información relativa a la convocatoria puede encontrarse en la página web de la universidad: https://www.urjc.es/

Cuarto

Cuantía

El importe total presupuestado para financiar los gastos derivados de esta convocatoria es de 50.000 euros.

Quinto

Plazo y presentación de solicitudes

Los solicitantes deberán cumplimentar el formulario disponible en la página web de la Universidad (www.urjc.es) hasta el día 15 de octubre comenzando a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de esta convocatoria. Toda la documentación deberá ser presentada en formato electrónico debidamente identificado.

Sexto

Otros datos

Además del formulario de solicitud, se deberá presentar la documentación exigida en la base cuarta de la convocatoria.

Séptimo

Adjudicaciones y criterios de selección

Las solicitudes serán estudiadas para su adjudicación por el Vicerrectorado de Posgrado.

Los criterios de valoración serán los que figuran en la base cuarta de la presente convocatoria.

Octavo

Resolución y recursos

El Pleno del Consejo Social de la Universidad Rey Juan Carlos emitirá Resolución de adjudicación.

Contra dicha Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que lo dictó en el plazo de un mes y en los términos de los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o formular recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses desde su publicación, conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, no se pueden simultanear ambos recursos, de tal manera que si el solicitante opta por presentar el recurso potestativo de reposición no podrá deducir recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o desestimación presunta del primero, de conformidad con los artículos 25 y 46 de la citada Ley 29/1998, de 13 de julio.

Móstoles, a 26 de junio de 2018.—El Presidente del Consejo Social de la Universidad Rey Juan Carlos, Amancio López Seijas.

(03/25.538/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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