Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 168

Fecha del Boletín 
16-07-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180716-110

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 92

110
Madrid número 92. Procedimiento 231 de 2018, notificación a Panificadora del Carmen, S. A.

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 231 de 2018, entre la comunidad de propietarios de entre la comunidad de propietarios de la calle Santa Susana, número 37, de Madrid, y “Panificadora del Carmen, Sociedad Anónima”, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 110 de 2018

Madrid, a 31 de mayo de 2018.—La magistrada-juez, María Mar Ilundain Minondo.

Vistos por la ilustrísima señora doña María del Mar Ilundain Minondo, magistrada titular del Juzgado de primera instancia número 92 de Madrid, los presentes autos de juicio verbal número 231 de 2018 seguidos ante este Juzgado a instancia de la comunidad de propietarios de la calle Santa Susana, número 37, de Madrid, representada por el procurador don Ángel Rojas Santos, asistida por el letrado don Vicente Navarrete Vilches, frente a la mercantil “Panificadora del Carmen, Sociedad Anónima”.

Parte dispositiva:

Estimo la demanda interpuesta por la comunidad de propietarios de la calle Santa Susana, número 37, de Madrid, y condeno a la mercantil “Panificadora del Carmen, Sociedad Anónima”, a pagar la cantidad de 3.457,51 euros, con los intereses legales desde la interposición de la demanda hasta la sentencia y los de la mora procesal desde esta, así como al pago de las costas.

Notifíquese esta sentencia conforme a la Ley, haciéndose saber que no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación en plazo de veinte días desde su notificación.

Publicación

Firmada la anterior resolución, es entregada en el día de hoy en esta Secretaría para su notificación dándose publicidad en legal forma, y se expide certificación literal de la misma para su unión a los autos, quedando el original archivado en el libro correspondiente.—Madrid, a 31 de mayo de 2018. Doy fe.

Y para que sirva de notificación a “Panificadora del Carmen, Sociedad Anónima”, expido y firmo la presente en Madrid, a 12 de junio de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/21.366/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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