Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 166

Fecha del Boletín 
13-07-2018

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180713-137

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

137
Madrid número 24. Ejecución 129 de 2018, notificación a Altas Techonology, S. L., y otros

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARTA MENARGUEZ SALOMON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 24 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 129/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARIA DEL PILAR ANTON HURTADO frente a ATLAS TECHNOLOGY SL, HEDONAI ESTETICA INTEGRAL SL, BEAUTY CONCEPTS MEDICAL SL y VOUSSE CORP SA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

“AUTO

PARTE DISPOSITIVA

No ha lugar a despachar la ejecución contra HEDONAI ESTETICA INTEGRAL SL por encontrarse en situación de concurso de acreedores.

Hágase entrega a la parte actora de copia sellada de la demanda y testimonio de sentencia recaída en este procedimiento, así como de la presente resolución, y archívense las actuaciones previa baja en el Libro correspondiente.”

“AUTO

PARTE DISPOSITIVA

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, Dña. MARIA DEL PILAR ANTON HURTADO, frente a la demandada BEAUTY CONCEPTS MEDICAL SL, parte ejecutada, por un principal de once mil ochocientos seis euros con cincuenta céntimos, más cuatrocientos setenta y dos euros con veintiséis céntimos y mil ciento ochenta euros con sesenta y cinco céntimos de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ATLAS TECHNOLOGY SL, VOUSSE CORP SA y BEAUTY CONCEPTS MEDICAL SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veinte de junio de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/21.798/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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