Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 165

Fecha del Boletín 
12-07-2018

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180712-102

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

102
Madrid número 12. Procedimiento 220 de 2018, notificación a Soluciones Medioambientales Alve, S. L. y otros

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MONTSERRAT TORRENTE MUÑOZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 12 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 220/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. LESZEK RYMASZEWSKI frente a SOLUCIONES MEDIOAMBIENTALES ALVE SL y TECOMAR REFORMAS Y CONSTRUCCIONES SL sobre Despidos / Ceses y Cantidad n general se ha dictado AUTO DE ACLARACIÓN DE SENTENCIA (MA), cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

SE ACUERDA SUBSANAR el defecto advertido en el Fallo de la Sentencia de fecha 06/06/2018, que queda redactado del siguiente modo:

“Estimo la demanda formulada por Dª LESZEK RYMASZEWSKI, frente a SOLUCIONES MEDIOAMBIENTALES ALVES SL, y frente a TECOMAR REFORMAS Y CONSTRUCCIONES SL, y declaro la improcedencia del despido del actor de efectos 8-1-2018, condenando a la demandada Tecomar Reformas y Construcciones, S.L. a estar y pasar por esta declaración, así como a que, a su elección, que deberá manifestar ante este juzgado en el plazo máximo de cinco días a contar desde la notificación de esta sentencia, readmita al actor en su mismo puesto de trabajo, con abono de los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido, a razón de 52,76 euros brutos diarios prorrateados, o la indemnice en la cantidad de 870,47.euros, supuesto que determinará la extinción de la relación laboral en la fecha del despido, y recordando que en caso de no efectuar la opción en el mencionado plazo, se entiende que procede la readmisión.

Y estimando parcialmente la reclamación de cantidad, condeno a dicha empresa, Tecomar Reformas y Construcciones, S.L. a que abone al actor la cantidad de 2.508,57 euros más el 10% de interés anual por mora.

E igualmente condeno de manera solidaria a las empresas demandadas SOLUCIONES MEDIOAMBIENTALES ALVES SL, a TECOMAR REFORMAS Y CONSTRUCCIONES SL a abonar al demandante la cantidad bruta de 689,04 euros más el interés del 10 % por mora en el pago por los salarios correspondientes al periodo 8-1-2018 al 19-1-2018 y vacaciones 2018 .”

Manteniéndose dicha resolución en los términos restantes.

Incorpórese esta resolución al libro de sentencias y llévese testimonio a los autos.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez Sustituta

D./Dña. CATALINA PEREZ NORIEGA

EL MAGISTRADO-JUEZ SUSTITUTA

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SOLUCIONES MEDIOAMBIENTALES ALVE SL y TECOMAR REFORMAS Y CONSTRUCCIONES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dieciocho de junio de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/21.587/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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