Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 156

Fecha del Boletín 
02-07-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180702-112

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 56

112
Madrid número 56. Procedimiento 1.443 de 2015, notificación a Johannes Anthonio Ninkeula y otros

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Procedimiento Ordinario entre D./Dña. MANUEL MARUGAN VAZQUEZ y D./Dña. JOHANNES ANTHONIO NINKEULA y AVESTRUCES RAINBORO ESPAÑA SL en reclamación de cantidad, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA N° 145 /2017

Que en la villa de Madrid. a 30 de Mayo de 2017, pronuncia ANA CRISTINA LLEDO FERNANDEZ, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 56, en los autos de juicio ordinario 1443/2015 seguido a instancia de D. MANUEL MARUGAN VAZQUEZ representado por la Procuradora ANA FUENTES HERNANGOMEZ frente a D. JOHANNES ANTHONIO NINKEULA y AVESTRUCES RAINBORO ESPAÑA SI, sobre reclamación de cantidad

FALLO

Que ESTIMANDO integramente LA DEMANDA interpuesta por la Procuradora ANA FUENTES HERNANGOMEZ en nombre y representacion de D. MANUEL MARUGAN VAZQUEZ representado por la frente a D. JOHANNES ANTHONIO NINKEULA y AVESTRUCES RAINBORO ESPAÑA SL , debo condenar y condeno solidariamente a los referidos demandados a que abonen a la actora la cantidad de 550.000 euros con los intereses remuneratorios estipulados en las clausulas segunda de los contratos de autos y a determinar en ejecución de sentencia y, con expresa imposición de costas procesales a la referida parte demandada.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de APELACIÓN en el plazo de VEINTE DIAS, ante este Juzgado. para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la L.E.Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2653-0000-04-1443-15 de este Órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de P Instancia n° 56 de Madrid, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos 2653-0000-04-1443-15

Así mismo deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 1012012 de 20 de noviembre por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Así por esta sentencia lo pronuncio. mando y firmo. El/la Juez/Magistrado/a Juez

PUBLICACIÓN: En la fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el Ilmo. Sr/a. Magistrado que la dictó, celebrando Audiencia Pública. Doy fe.

Y para que sirva de notificación a D. JOHANNES ANTHONIO NINKEULA y AVESTRUCES RAINBORO ESPAÑA SL, y su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid expido y firmo la presente en Madrid, a cuatro de junio de dos mil dieciocho.

EL LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/20.191/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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