Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 133

Fecha del Boletín 
05-06-2018

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180605-59

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TRES CANTOS

RÉGIMEN ECONÓMICO

59
Tres Cantos. Régimen económico. Modificación presupuestaria

El Pleno del Ayuntamiento de Tres Cantos, en sesión celebrada el 31 de mayo de 2018, acordó la aprobación del expediente de modificación de crédito número EMP CE 6/2018 en la modalidad de crédito extraordinario financiado por aplicación del superávit presupuestario ejercicio 2017 con destino a la realización de inversiones financieramente sostenibles, todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, así como lo establecido en la disposición adicional sexta de dicha Ley, aplicable en el ejercicio 2018, según lo dispuesto en el Real Decreto Ley 1/2018, de 23 de marzo, por el que se prorroga para 2018 el destino del superávit de 2017 para inversiones financieramente sostenibles.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar dicho expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, sí, transcurrido dicho plazo, no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará definitivamente aprobado.

Tres Cantos, a 1 de junio de 2018.—El alcalde-presidente, Jesús Moreno García.

(03/19.018/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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