Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 133

Fecha del Boletín 
05-06-2018

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180605-47

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

URBANISMO

47
Fuenlabrada. Urbanismo. Expropiación

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 23 de marzo de 2018, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero.—Desestimar las alegaciones presentadas por los titulares de bienes y derechos afectados por el Proyecto de Delimitación y Expropiación de parte de los terrenos incluidos en la Unidad de Ejecución número 1 del Plan Especial del Sistema General PU-P.11 “Parque de la Pollina”, del Plan General de Fuenlabrada, de acuerdo con los informes técnicos y jurídicos obrantes en el expediente e incorporados al presente acuerdo, haciéndoles saber que será en el momento del levantamiento de las actas previas a la ocupación cuando se proceda a la concreción definitiva de las superficies afectadas por el proyecto.

Segundo.—Estimar parcialmente la alegación relativa a la finca número 4, incrementando el valor unitario del justiprecio del proyecto que pasa a 20,50 euros/m2 a 21,78 euros/m2.

Tercero.—Continuar con la tramitación del expediente de expropiación remitiendo un ejemplar completo del mismo a la Comunidad de Madrid, a los efectos de cumplimentar los trámites para su aprobación definitiva por la Comisión de Urbanismo, que conllevará la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados.

Cuarto.—Seguir con el Ministerio Fiscal las actuaciones relativas a las fincas 3 y 9 del Proyecto de Expropiación, por los motivos explicados en el presente acuerdo, en aplicación del artículo 5 de la Ley de Expropiación Forzosa; remitiendo copia completa de la documentación correspondiente a cada una de ellas a la fiscalía competente.

Lo que se notifica para su conocimiento y demás efectos, haciéndole saber que este acuerdo es un acto de trámite y contra el mismo no se puede interponer recurso administrativo conforme a lo dispuesto en el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que pueda alegarse por el interesado la oposición al mismo para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento.

Fuenlabrada, a 16 de abril de 2018.—El alcalde-presidente, Francisco Javier Ayala Ortega.

(02/13.905/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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