Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 133

Fecha del Boletín 
05-06-2018

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180605-162

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41

162
Madrid número 41. Ejecución 48 de 2017, notificación a Aerlyper, S. A.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA JOSE GONZÁLEZ HUERGO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 41 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 48/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. EMILIO BENGOA DEL RIO frente a AERLYPER SA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto de Suspensión de 08.02.2018

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerde dejar en suspenso la ejecución despachada, por encontrarse la entidad ejecutada AERLYPER SA en situación de concurso de acreedores. Hágase entrega a la parte actora de copia sellada de la demanda y testimonio de la sentencia recaída en este procedimiento, así como del Auto despachando ejecución y de la presente resolución, y archívense las actuaciones previa baja en el Libro correspondiente.

Diligencia de Ordenación 13.04.2018

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. MARÍA JOSE GONZÁLEZ HUERGO

En Madrid, a trece de abril de dos mil dieciocho

Visto el anterior escrito, únase a los autos de su razón. Se tiene por interpuesto, en tiempo y forma, por la representación de DON EMILIO BENGOA DEL RIO recurso de reposición contra Decreto de fecha 08/02/2018. Dese traslado a las demás partes para que en el plazo de TRES días lo impugnen y una vez transcurrido este dese cuenta para su resolución.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a AERLYPER SA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a nueve de mayo de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/16.507/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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