Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 126

Fecha del Boletín 
28-05-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180528-67

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 33

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Madrid número 33. Procedimiento 1.082 de 2009, notificación a Antonio Perezgrueso Jiménez

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.082 de 2009, entre “BMW Financial Services Ibérica Establecimiento Financiero de Crédito, Sociedad Anónima”, don Antonio Pérez-Grueso López, don Antonio Pérez-Grueso Jiménez y doña Marina Pérez-Grueso, como heredera doña María Ángeles Jiménez de la Fuente, en cuyos autos se ha dictado:

Sentencia número 69 de 2010

Madrid, a 23 de marzo de 2010.—La magistrada-juez, María Teresa de la Asunción Rodríguez.

Fallo

Estimo íntegramente la demanda planteada por “BMW Financiar Services Ibérica Establecimiento Financiero de Crédito, Sociedad Anónima”, frente a doña María Ángeles Jiménez de la Fuente, declaro haber lugar a la misma, y en su virtud, condeno a la demandada a abonar a la actora 17.718,47 euros, más intereses de demora contractualmente pactados calculados al 1,5 por 100 mensual y costas atendido el criterio objeto del vencimiento.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Asimismo, firme que sea la presente resolución sepa la parte condenada que si, en el término de veinte días (artículo 548 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), a partir de la notificación, no cumple el fallo de la presente sentencia la parte vencedora en el pleito podrá pedir la ejecución forzosa de la misma que generará nuevas costas además de las impuestas en sentencia para la parte condenada.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a don Antonio Pérez-Grueso Jiméndez, expido y firmo la presente en Madrid, a 13 de febrero de 2018.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/11.515/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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