Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 80

Fecha del Boletín 
04-04-2018

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180404-51

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PUENTES VIEJAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Puentes Viejas. Régimen económico. Calendario fiscal 2018

Aprobación calendario fiscal 2018.—Por acuerdo plenario de fecha 16 de febrero de 2018, se acordó la aprobación del calendario de cobro de tributos municipales de carácter periódico y notificación colectiva del año 2018.

Del 1 de abril al 31 de mayo estarán puestos al cobro los recibos correspondientes a:

— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

— Instalaciones ganaderas.

Del 1 de julio al 30 de septiembre estarán puestos al cobro los recibos correspondientes a:

— Impuesto sobre bienes inmuebles urbana y rústica.

— Tasa recogida de basura.

— Impuesto actividades económicas.

Los padrones correspondientes estarán expuestos en el Ayuntamiento durante los quince días anteriores a la fecha de inicio del período voluntario. Contra las liquidaciones contenidas en los mismos podrá formularse recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo de exposición pública del padrón (artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).

Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, se iniciará el período ejecutivo y las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengándose intereses de demora y los recargos del período ejecutivo en los términos de los artículos 26 y 28 de la Ley General Tributaria.

Este anuncio tiene carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

En Puentes Viejas, a 16 de marzo de 2018.—El alcalde-presidente, Gabriel Ramírez Sanz.

(02/9.092/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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