Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 78

Fecha del Boletín 
02-04-2018

Sección 1.2.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180402-2

Páginas: 38


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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RESOLUCIÓN de 16 de marzo de 2018, de la Dirección General de Justicia de la Comunidad de Madrid, por la que se ordena la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la Orden Ministerial de 12 de marzo de 2018, por la que se aprueban las listas provisionales de admitidos y excluidos en el proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, al Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.

La normativa reguladora de los procesos selectivos para ingreso o acceso en los cuerpos o escalas de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, concretamente el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, establece en su artículo 20 que la Resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos deberá publicarse de forma simultánea en el “Boletín Oficial del Estado” y, en su caso, en los diarios oficiales de las Comunidades Autónomas con traspasos recibidos.

Asimismo, la normativa reguladora de las bases comunes que rigen los procesos selectivos para ingreso o acceso a los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, concretamente la Orden JUS/875/2017, de 8 de septiembre, dispone en su base décima.1 que, transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad competente dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, así como que dicha resolución, que deberá publicarse de forma simultánea en el “Boletín Oficial del Estado” y en los diarios oficiales de las Comunidades Autónomas donde se convocan plazas, contendrá la relación provisional de aspirantes excluidos, con indicación de las causas de exclusión, e indicará donde se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos.

De acuerdo con las competencias asumidas por la Comunidad de Madrid en materia de gestión del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia, en virtud del Real Decreto 1429/2002, de 27 de diciembre, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de medios personales y materiales al servicio de la Administración de Justicia, y de conformidad con las competencias atribuidas a la Dirección General de Justicia, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 16 del Decreto 130/2017, de 31 de octubre, esta Dirección General resuelve:

Ordenar la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la Orden Ministerial de 12 de marzo de 2018, por la que se aprueban las listas provisionales de admitidos y excluidos en el proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, al Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, según Anexo.

En Madrid, a 16 de marzo de 2018.—La Directora General de Justicia, Yolanda Ibarrola de la Fuente.

ANEXO

Finalizado el plazo de presentación de instancias, y de conformidad con lo establecido en el artículo 20 Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, y la disposición décima de la Orden JUS/875/2017, de 8 de septiembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso a los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, este Ministerio

HA RESUELTO

Primero

Aprobar las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas para acceso por el sistema general de acceso libre al Cuerpo de Auxilio Judicial, convocadas por Orden JUS/1164/2017, de 24 de noviembre, y publicar en el Anexo I las relaciones provisionales de aspirantes excluidos, con indicación de las causas de exclusión que se relacionan en el Anexo II.

Segundo

Las listas certificadas completas quedarán expuestas al público en la página web del Ministerio de Justicia (www.mjusticia.es), en las páginas web de las Comunidades Autónomas que convoquen plazas, y en el punto de acceso general del Ministerio de Hacienda y Función Pública (www.administracion.gob.es).

Los aspirantes deberán comprobar no solo que no figuran en la relación de excluidos sino, también, que sus nombres y demás datos constan correctamente en la relación de admitidos.

Tercero

La inclusión de aspirantes en esta relación de admitidos a las pruebas selectivas, por el turno general y por el cupo de reserva para personas con discapacidad, no supone en ningún caso el reconocimiento por parte de la Administración de que los mismos reúnen los requisitos generales o particulares exigidos en la respectiva Orden de convocatoria. La acreditación y verificación de estos tendrá lugar para los aspirantes que superen el proceso selectivo antes de su nombramiento como funcionarios, tal y como se indica en el artículo 23 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, en la disposición decimoquinta de las bases comunes y en la base octava de la Orden de convocatoria.

Cuarto

De conformidad con lo dispuesto en la disposición décima de la Orden JUS/875/2017, de 8 de septiembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso a los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Orden en el “Boletín Oficial del Estado”, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su omisión, circunstancia que, en su caso, dará origen a la oportuna rectificación de las listas de admitidos.

Quienes no subsanen la exclusión o no aleguen la omisión, en plazo, justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos.

Madrid, a 12 de marzo de 2017.—El Ministro de Justicia, PD (Orden JUS/ 696/2015, de 16 de abril), el Director General de Relaciones con la Administración de Justicia, Joaquín Delgado Martín.







































































(03/10.715/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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