Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 28

Fecha del Boletín 
02-02-2018

Sección 1.3.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180202-21

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA

21
EXTRACTO de la Orden de 29 de diciembre de 2017, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, de tramitación anticipada, por la que se convocan para el año 2018 subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo para el fomento de la integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social mediante itinerarios de inserción, en colaboración con empresas de inserción y entidades sin ánimo de lucro.

Extracto de la Orden de 29 de diciembre de 2017, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, de tramitación anticipada, por la que se convocan para el año 2018 subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo para el fomento de la integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social mediante itinerarios de inserción, en colaboración con empresas de inserción y entidades sin ánimo de lucro.

BDNS (Identif.): 383421

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index

Primero

Entidades beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones, en función de los tipos de ayuda convocadas, las empresas de inserción debidamente inscritas y calificadas en el Registro Administrativo de Empresas de Promoción e Inserción Laboral subvencionables por la Comunidad de Madrid, las entidades promotoras de empresas de inserción y las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que lleven a cabo programas de integración laboral de colectivos vulnerables en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, con una experiencia en este tipo de actuaciones de, al menos, dos años.

Segundo

Objeto

La presente convocatoria tiene como objeto favorecer la integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social mediante itinerarios personalizados de inserción, en colaboración con empresas de inserción, entidades sin ánimo de lucro y empresas del mercado de trabajo ordinario. Para ello se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, 8 tipos de ayudas:

a) Ayuda 1. Subvención para la gestión de itinerarios.

b) Ayuda 2. Subvención a la creación y/o mantenimiento de puestos de trabajo.

c) Ayuda 3. Subvención a la contratación y/o mantenimiento de personal técnico de producción.

d) Ayuda 4. Subvención a servicios de orientación y preparación de la inserción laboral en el mercado ordinario.

e) Ayuda 5. Subvención a la inversión fija vinculada a la creación de nuevos puestos de trabajo.

f) Ayuda 6. Subvención a la gerencia de empresas de inserción.

g) Ayuda 7. Incentivos a las UTIL y empresas de inserción por la contratación en el mercado de trabajo ordinario.

h) Ayuda 8. Incentivos a las empresas o entidades por la contratación de participantes en itinerarios

Tercero

Bases reguladoras

Las bases reguladoras de la presente convocatoria se encuentran establecidas en la Orden de 22 de agosto de 2016, de la Consejería de Economía, Empleo, y Hacienda, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas, para el fomento de la integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social mediante itinerarios de inserción, en colaboración con empresas de inserción y entidades sin ánimo de lucro, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fecha 24 de agosto de 2016 y, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, se incluye el acceso a las mismas en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.

Cuarto

1. Dotación:

a) La Orden está dotada con un importe máximo de 1.805.688 euros. Estas ayudas están cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, con una tasa de cofinanciación del 50 por 100, en el marco del Programa Operativo FSE de la Comunidad de Madrid 2014-2020, Eje 2, prioridad de Inversión 9.5, Objetivo específico 9.5.2.

b) Se podrá ampliar la cuantía máxima del crédito asignado a esta convocatoria de acuerdo con lo señalado en el artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

2. Cuantías por cada tipo de ayuda:

a) Ayuda 1. Subvención para la gestión de itinerarios. Hasta 1.000 euros por participante en itinerario con duración tipo de seis meses.

b) Ayuda 2. Subvención a la creación y/o mantenimiento de puestos de trabajo. Hasta 7.550 euros por puesto de inserción creado o mantenido.

c) Ayuda 3. Subvención a la contratación y/o mantenimiento de personal técnico de producción. Hasta 2.200 euros por puesto de trabajo de inserción atendido por el personal técnico de producción.

d) Ayuda 4. Subvención a servicios de orientación y preparación de la inserción laboral en el mercado ordinario. Hasta 1.800 euros por puesto de inserción atendido por el servicio de orientación.

e) Ayuda 5. Subvención a la inversión fija vinculada a la creación de nuevos puestos de trabajo. Hasta 15.000 euros por la inversión fija vinculada a un puesto de trabajo creado.

f) Ayuda 6. Subvención a la gerencia de empresas de inserción. Hasta 12.000 euros por la contratación a jornada completa del/de la Gerente.

g) Ayuda 7. Incentivos a las UTIL y empresas de inserción por la contratación en el mercado de trabajo ordinario. Hasta 2.500 euros por participante en itinerario contratado en el mercado de trabajo ordinario.

h) Ayuda 8. Incentivos a las empresas o entidades por la contratación laboral de participantes en itinerarios. Hasta 5.000 euros por la contratación en el mercado de trabajo ordinario de participantes provenientes de itinerarios.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

a) En el caso de las ayudas 1 a 6 el plazo será de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) En el caso de las ayudas 7 y 8, de incentivos a la contratación, el plazo de presentación de solicitudes de las ayudas en la convocatoria del año 2018 será de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para las contrataciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2017 y del 2 al 15 de noviembre de 2018 para las contrataciones realizadas entre el 1 de enero de 2018 y el 1 de noviembre de 2018, ambos incluidos.

Sexto

Otros datos

El texto completo de esta Orden y sus Anexos, para más detalles sobre presentación de solicitudes, requisitos para solicitar las distintas subvenciones, documentación, criterios de valoración y otras informaciones de interés, están disponibles en la página web de la Comunidad de Madrid: www.madrid.org

Madrid, a 29 de diciembre de 2017.

La Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, ENGRACIA HIDALGO TENA

(03/3.083/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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