Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 22

Fecha del Boletín 
26-01-2018

Sección 1.3.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180126-18

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN

18
DECRETO 5/2018, de 23 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la modificación parcial de los Estatutos de la Universidad Complutense de Madrid.

El Decreto 32/2017, de 21 de marzo, del Consejo de Gobierno, aprobó los Estatutos de la Universidad Complutense de Madrid.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41.a) de los vigentes estatutos de la Universidad, el Claustro es el órgano competente para la modificación de los Estatutos, requiriéndose el voto favorable de la mayoría absoluta de dicho Claustro.

El Claustro de la Universidad Complutense, en sesión de 24 de octubre de 2017, aprobó por mayoría absoluta la modificación del artículo 128 de sus Estatutos, tal y como consta en el certificado de la Secretaria General de la Universidad.

Su aprobación, previo control de legalidad, corresponde al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con la competencia que le confiere el artículo 6.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación e Investigación y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día,

DISPONE

Primero

Aprobar la modificación del artículo 128 de los Estatutos de la Universidad Complutense de Madrid, cuyo texto se contiene en el Anexo que acompaña al presente Decreto.

Segundo

La modificación de los Estatutos entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El Consejero de Educación e Investigación, RAFAEL VAN GRIEKEN SALVADOR

La Presidenta, CRISTINA CIFUENTES CUENCAS

ANEXO

MODIFICACIÓN ESTATUTOS UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID

Artículo único

Modificación del Decreto 32/2017, de 21 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Complutense de Madrid

El artículo 128 del Decreto 32/2017, de 21 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Complutense de Madrid, queda redactado de la siguiente manera:

“Artículo 128

Clasificación

Las Escalas de funcionarios de Administración y Servicios se clasificarán en los tres grupos siguientes, de acuerdo con el nivel de titulación exigido para el ingreso en ellos:

a) Grupo A, dividido en dos Subgrupos A1 y A2. Para el acceso a las escalas de este Grupo se exigirá estar en posesión del título universitario de Grado. En aquellos supuestos en los que la Ley exija otro título universitario será este el que se tenga en cuenta.

La clasificación de las escalas en cada Subgrupo estará en función del nivel de responsabilidad de las funciones a desempeñar y de las características de las pruebas de acceso.

El Subgrupo A1 desempeñará funciones de gestión, estudio y propuestas especializadas de carácter administrativo superior. Incluirá las Escalas: Técnica de Gestión y Facultativa de Archivos, Bibliotecas y Museos.

El Subgrupo A2 desempeñará funciones técnicas especializadas. Incluirá las Escalas: Gestión Universitaria y Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.

b) Grupo B. Para el acceso a las escalas del Grupo B se exigirá estar en posesión del título de Técnico Superior.

c) Grupo C. Dividido en dos Subgrupos, C1 y C2, según la titulación exigida para el ingreso.

— C1: Título de Bachiller o Técnico. Desarrollará funciones de gestión cualificada y auxiliares especializadas de apoyo al proceso técnico y atención de usuarios. Incluirá las Escalas: Administrativa y Técnica Auxiliar de Biblioteca.

— C2: Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Sus funciones serán las básicas de gestión y auxiliares de apoyo al proceso técnico y atención de usuarios. Incluirá las Escalas: Auxiliar Administrativa y Auxiliares de Biblioteca”.

(03/2.558/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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