Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 18

Fecha del Boletín 
22-01-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180122-90

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 83

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Madrid número 83. Procedimiento 56 de 2016, notificación a Cristina Chirón y otros

EDICTO

Doña María Soravilla García, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 83 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (desahucio falta de pago-250.1.1) número 56 de 2016, instados por la procuradora doña María Teresa Baranda Serna, en nombre y representación de doña Raquel Atiénzar Maniega y doña Amada Atiénzar Maniega contra doña Cristina Chirón, doña Madalin Ragalie y doña Ionelia Dragne, en los que se ha dictado en fecha 23 de diciembre de 2016 lo siguiente:

Sentencia número 369 de 2016

El magistrado-juez, don David Rodríguez Fernández-Yepes.—En Madrid, a 23 de diciembre de 2016.

Antecedentes de hecho:

Que en este Juzgado han sido vistos los autos de juicio verbal número 56 de 2016 por don David Rodríguez Fernández-Yepes, ilustrísimo señor magistrado-juez de primera instancia número 83 de Madrid, actuando: como demandantes, doña Amada y doña Raquel Atiénzar Maniega, representadas por la procuradora doña María Teresa Baranda Serna y defendidas por el letrado don Luis María Hernández Martín, y como demandadas, doña Cristina Chirón, doña Ionelia Dragne y doña Madalin Ragalie, sin representación ni defensa técnicas.

Fallo

Que, estimando la demanda interpuesta por la representación de doña Amada y doña Raquel Atiénzar Maniega contra doña Cristina Chirón, doña Ionelia Dragne y doña Madalin Ragalie, debo declarar y declaro haber lugar a:

a) Condenar a las demandadas a abonar la vivienda objeto de estos autos antes de la fecha que se señale al efecto, apercibiendo a las demandadas de desalojo a su costa, si así no lo hiciesen.

b) Imponer a las demandadas el pago de las costas procesales ocasionadas a las demandantes.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo, haciendo saber a las partes que contra ella cabe recurso de apelación, que podrá interponerse ante este mismo Juzgado en el plazo de veinte días, desde el siguiente a su notificación, siendo necesario depósito por valor de 50 euros en la cuenta de consignaciones de este Juzgado.—El magistrado-juez.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de las demandadas doña Cristina Chirón, doña Madalin Ragalie y doña Ionelia Dragne, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 14 de diciembre de 2017.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/785/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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