Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 4

Fecha del Boletín 
05-01-2018

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180105-97

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 7

97
Madrid número 7. Procedimiento 241 de 2011, notificación a Ismael Olalla Fuentenebro y otros

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 241 de 2001, entre doña María del Tránsito Alonso Alonso, don César Augusto Alonso Alonso, doña Teresita Alonso Alonso, doña Clara Alonso Alonso, don Francisco Alonso Alonso, don Francisco Alonso Alarma y doña Clara Alonso de las Heras, representandos por el procurador don José Andrés Peralta de la Torre, frente a don Ismael Olalla Fuentenebro, doña María Soledad Olalla Fuentenebro, doña María Fuentenebro Blanco, don Ismael Olalla Cuenca, don José Fernández del Val, doña Basilia Sebastián Miguel, don Félix Ciruelos Pascual, doña Concepción López Collado y don Víctor Prieto García, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 55 de 2016

Madrid, a 18 de marzo de 2016.—El magistrado-juez, don Lorenzo Valero Baquedano.

Fallo

Que, estimando la demanda de juicio ordinario formulada por el procurador don José Andrés Peralta de la Torre, en nombre y representación de doña Teresita Alonso Alonso, doña Clara Alonso Alonso y don Francisco Alonso Alonso (herederos de don Francisco Alonso Alarma y doña Clara Alonso de las Heras), contra don Ismael Olalla Fuentenebro y doña María Soledad Olalla Fuentenebro (herederos de don Ismael Olalla Cuenca y doña María Fuentenebro Blanco), don Víctor Prieto García y doña Concepción López Collado, don Félix Ciruelos Pascual y doña Basilia Sebastián Miguel, debo condenar y condeno a los expresados demandados a que, tan pronto sea firme esta resolución, procedan al otorgamiento de escritura pública a favor de la parte actora del contrato privado de compraventa de 1 de noviembre de 1960, contra pago del precio aplazado pendiente por 172.000 pesetas (1.033,74 euros), verificándose dicho otorgamiento, en su defecto, judicialmente.

Debo absolver y absuelvo al codemandado don José Fernández del Val de las pretensiones deducidas por la parte demandante, objeto de este procedimiento.

No procede especial imposición de costas, a excepción de las motivadas por la demanda formulada frente a la codemandada doña María Soledad Olalla Fuentenebro, que son a cargo de esta.

Notifíquese esta resolución a las partes en legal forma.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2435-0000-04-0597-13, de esta oficina judicial de la cuenta general de depósitos y consignaciones abierta en “Banco Santander”.

En el referido juicio se ha dictado el 17 de octubre de 2016 auto de aclaración cuya parte dispositiva es la siguiente:

Auto

Madrid, a 17 de octubre de 2016.—El magistrado-juez, don Lorenzo Valero Baquedano.

Parte dispositiva:

Por su señoría se acuerda subsanar la sentencia de 18 de marzo de 2016, en el sentido de que la sucesión procesal de los demandantes iniciales don Francisco Alonso Alarma y doña Clara Alonso de las Heras a que se refiere el antecedente de hecho tercero de la sentencia lo fue en favor de sus herederos doña Teresita Alonso Alonso, doña Clara Alonso Alonso, don Francisco Alonso Alonso, don César Alonso Alonso y doña María del Tránsito Alonso Alonso, y que el fallo de la sentencia queda como sigue respecto del pronunciamiento estimatorio:

Que, estimando la demanda de juicio ordinario formulada por el procurador don José Andrés Peralta de la Torre, en nombre y representación de doña Teresita Alonso Alonso, doña Clara Alonso Alonso, don Francisco Alonso Alonso, don César Alonso Alonso y doña María del Tránsito Alonso Alonso (herederos de don Francisco Alonso Alarma y doña Clara Alonso de las Heras), manteniéndose los restantes pronunciamientos contenidos en el fallo de la resolución.

Incorpórese esta resolución al libro de resoluciones definitivas a continuación de aquella de la que es complemento y llévese testimonio a los autos principales.

Y para que sirva de notificación a don Ismael Olalla Fuentenebro, doña María Soledad Olalla Fuentenebro, doña María Fuentenebro Blanco y don Ismael Olalla Cuenca, don José Fernández de Val, doña Basilia Sebastián Miguel, don Félix Ciruelos Pascual, doña Concepción López Collado y don Víctor Prieto García, expido y firmo la presente en Madrid, a 1 de diciembre de 2017.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/42.978/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180105-97